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	<title>Trabajo archivos | La Tribuna</title>
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	<description>Medio de análisis de la realidad nacional</description>
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	<title>Trabajo archivos | La Tribuna</title>
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		<title>Divide y vencerás: justicia, presupuesto de la Rama Judicial y deuda en 2027</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/divide-y-venceras-justicia-presupuesto-deuda-2027/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Luis Fernando Miranda Guzmán]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 07 Oct 2026 23:33:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Qué está pasando]]></category>
		<category><![CDATA[Temas]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La discusión sobre quitarle $100.000 millones a la JEP oculta un problema mayor: la Rama Judicial reclama más recursos mientras el servicio de la deuda absorbe $155 billones del presupuesto nacional.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/divide-y-venceras-justicia-presupuesto-deuda-2027/" data-wpel-link="internal">Divide y vencerás: justicia, presupuesto de la Rama Judicial y deuda en 2027</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Rama Judicial pidió $17,5 billones para 2027 y el proyecto presupuestal contempla cerca de $11,4 billones. Esa diferencia debería abrir una discusión sobre independencia judicial, acceso a la justicia, congestión, tecnología, infraestructura y creación de despachos. En cambio, el debate político terminó concentrado en quitarle $100.000 millones a la JEP para trasladarlos a la justicia ordinaria.</p>
<p>El <a href="https://www.ramajudicial.gov.co/es/web/consejo-superior-de-la-judicatura/-/presidente-de-consejo-superior-de-la-judicatura-advirti%C3%B3-d%C3%A9ficit-de-6-1-billones-en-el-presupuesto-proyectado-para-la-rama-judicial-en-2027" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Consejo Superior de la Judicatura informó al Congreso</a> que la Rama solicitó $17,5 billones y que la propuesta incorporó aproximadamente $11,4 billones. El problema de fondo no consiste en escoger qué jurisdicción recibe una porción limitada de recursos. Consiste en determinar qué presupuesto necesita el Estado para garantizar que los ciudadanos puedan acudir a jueces independientes y obtener decisiones oportunas.</p>
<h2>El presupuesto de la justicia también define derechos</h2>
<p>El presupuesto de la Rama Judicial no es una discusión puramente contable. Los recursos determinan, en buena medida, sí los derechos reconocidos por la Constitución pueden hacerse efectivos. La independencia judicial requiere algo más que la ausencia de órdenes externas: necesita una estructura capaz de funcionar, servidores suficientes y bien remunerados, despachos con medios materiales y condiciones que permitan decidir sin que la escasez presupuestal se convierta en una forma indirecta de condicionamiento.</p>
<p>El acceso a la justicia también depende de esas condiciones. Un ciudadano no recibe una respuesta efectiva cuando su proceso permanece años sin decisión por congestión, cuando faltan despachos para atender la demanda o cuando la infraestructura tecnológica no permite tramitar con eficiencia los expedientes. La mora judicial termina convirtiendo el tiempo en una barrera de acceso y puede vaciar de contenido el derecho que finalmente reconoce una sentencia.</p>
<p>La Judicatura ha vinculado sus necesidades para 2027 con el sostenimiento de la planta, la adquisición de bienes y servicios, las medidas de descongestión y el aumento de la demanda judicial. La misma entidad reportó que esa demanda creció 32 % durante el último cuatrienio. La discusión presupuestal, por tanto, debe responder cuánto cuesta garantizar una justicia más pronta, accesible y tecnológicamente capaz, y no limitarse a identificar una fuente ocasional de recursos.</p>
<p>Ese problema ya había sido advertido en <a href="https://latribunacolombia.co/rama-judicial-2027-mas-obligaciones-pero-menos-presupuesto/" data-wpel-link="internal">un análisis previo de La Tribuna sobre el presupuesto de la Rama Judicial para 2027</a>: el proyecto eleva nominalmente la apropiación frente a 2026, pero el margen es estrecho y la Rama pierde participación relativa dentro del Presupuesto General de la Nación. La cifra de $11,43 billones deben leerse, entonces, junto con las nuevas obligaciones y las necesidades acumuladas del servicio de justicia.</p>


<figure class="wp-block-image size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1800" height="1105" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490.webp" alt="Pilas de documentos de papel y carpetas de archivo acumuladas en una oficina" class="wp-image-32400" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490.webp 1800w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261217265-9490-1536x943.webp 1536w" sizes="(max-width: 1800px) 100vw, 1800px" /><figcaption class="wp-element-caption">Pilas de documentos y carpetas de archivo. Imagen de referencia | Foto: Wesley Tingey/Unsplash</figcaption></figure>


<h2>Una justicia atrasada cuesta derechos</h2>
<p>La congestión judicial tiene consecuencias concretas. Un proceso laboral que tarda años puede afectar el sustento de una familia. Una controversia administrativa sin decisión prolonga la incertidumbre de ciudadanos y entidades. Un proceso penal congestionado compromete los derechos de víctimas y procesados. El problema también recae sobre quienes trabajan en los despachos: <a href="https://latribunacolombia.co/rama-judicial-en-crisis-deficit-y-sobrecarga-laboral/" data-wpel-link="internal">La Tribuna ha documentado la sobrecarga laboral y las carencias de personal en la Rama Judicial</a> como factores que dificultan una respuesta oportuna a la demanda creciente.</p>
<p>A esas necesidades se suman la creación de nuevos despachos, la ampliación y estabilización de plantas, la descongestión, la infraestructura física, la digitalización, la interoperabilidad de sistemas y la aplicación responsable de nuevas tecnologías. <a href="https://latribunacolombia.co/la-rama-judicial-sin-presupuesto-y-sin-garantias-para-2026/" data-wpel-link="internal">Otro artículo de La Tribuna ya había advertido que la insuficiencia presupuestal afecta tanto las condiciones de los servidores como la capacidad de prestar justicia</a>. El problema, por tanto, no nació con la discusión sobre la JEP ni puede resolverse únicamente mediante un traslado entre partidas.</p>
<p>Los $100.000 millones propuestos para trasladar desde la JEP pueden financiar necesidades puntuales. Sin embargo, frente a la diferencia de $6,1 billones entre lo solicitado por la Rama y lo incorporado en el proyecto, esa suma equivale a cerca del 1,6 %. La comparación no prueba por sí sola cuánto debería aprobar finalmente el Congreso, pero sí muestra que el traslado está muy lejos de responder a la dimensión de las necesidades que la propia Rama ha puesto sobre la mesa.</p>


<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1800" height="1105" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182.webp" alt="Fachada neoclásica de la Casa de Nariño, sede de la Presidencia en Bogotá" class="wp-image-32401" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182.webp 1800w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261221238-182-1536x943.webp 1536w" sizes="(max-width: 1800px) 100vw, 1800px" /><figcaption class="wp-element-caption">Fachada de la Casa de Nariño, sede de la Presidencia de la República, en Bogotá | Foto: Enrique/Pexels</figcaption></figure>


<h2>La deuda ocupa un espacio mucho mayor del presupuesto</h2>
<p>El presidente Abelardo de la Espriella ha dicho que fortalecer la justicia ordinaria es una prioridad de su Gobierno, sin embargo, esa afirmación puede contrastarse con las cifras del proyecto. <a href="https://www.presidencia.gov.co/prensa/Paginas/Comunicado-de-prensa-Presentacion-del-Presupuesto-de-la-Verdad-260913.aspx" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">La Presidencia informó que el PGN de 2027 asciende a $635 billones, de los cuales $155 billones se destinan al servicio de la deuda</a>. Esa partida representa cerca del 24,5 % del presupuesto total y equivale a aproximadamente 13,6 veces todo el presupuesto proyectado para la Rama Judicial.</p>
<p>Es cierto que el Gobierno no puede simplemente dejar de pagar la deuda y trasladar esos recursos a los juzgados. Buena parte del servicio de la deuda corresponde a obligaciones previamente adquiridas y el presupuesto colombiano tiene rigideces jurídicas y financieras. Sin embargo, el peso de ese rubro sí reduce el margen fiscal disponible para otras políticas y permite examinar con mayor precisión qué espacio queda para convertir en recursos las prioridades que el Gobierno anuncia públicamente.</p>
<p>El contraste es todavía más fuerte cuando se separan los intereses. En <a href="https://www.lasillavacia.com/red-de-expertos/red-social/presupuesto-de-abelardo-de-mal-en-peor/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">la columna de David Mora publicada en La Silla Vacía</a> se calcula que seis de cada diez pesos del servicio de la deuda irían a intereses y se señala que esos pagos superan el presupuesto de inversión pública. Esa es una interpretación del autor, no una posición institucional del medio, pero el dato central coincide con la magnitud oficial del servicio de la deuda y ayuda a mostrar cómo las obligaciones financieras estrechan el espacio para inversión y gasto público.</p>
<p>La pregunta política es inevitable: si la justicia ordinaria es una prioridad, ¿qué esfuerzo presupuestal adicional la convierte realmente en prioridad? La Rama solicitó una cifra muy superior a la incorporada en el proyecto, mientras el servicio de la deuda crece de manera sustancial. La tensión no autoriza a desconocer las obligaciones financieras del Estado, pero sí obliga a mirar el presupuesto como la expresión concreta de decisiones y restricciones, no solamente como una suma de declaraciones.</p>
<h2>$100.000 millones no sustituyen una política para la justicia</h2>
<p>En ese escenario aparece la propuesta de trasladar $100.000 millones del presupuesto de la JEP a la justicia ordinaria. La cifra puede ser útil para financiar despachos, cargos o necesidades específicas. Lo que no hace es construir una política estructural de financiación para una Rama que necesita responder a congestión, aumento de demanda, infraestructura pendiente, modernización tecnológica y ampliación de capacidad institucional.</p>
<p>La financiación de la Rama debería partir de sus propias necesidades: cuántos despachos se requieren, cuál es el costo de reducir la congestión, qué planta permite atender la carga real, qué inversiones tecnológicas son indispensables y qué recursos necesitan los territorios donde acceder a un juez sigue siendo difícil. Cuando la respuesta consiste en buscar una partida dentro de otra jurisdicción, el debate se desplaza desde esas preguntas hacia una competencia por recursos escasos.</p>
<p>Ese desplazamiento también puede ocultar la responsabilidad de quienes formulan y aprueban el presupuesto. El Gobierno presenta el proyecto y fija su propuesta de gasto; el Congreso lo debate, modifica y aprueba. El resultado final debe ser evaluado por la capacidad de financiar las funciones constitucionales de las distintas instituciones, no por la habilidad de enfrentar unas necesidades públicas con otras.</p>


<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1800" height="1105" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168.webp" alt="Edificio con letrero de la Jurisdicción Especial para la Paz junto a una calle" class="wp-image-32402" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168.webp 1800w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261225124-8168-1536x943.webp 1536w" sizes="(max-width: 1800px) 100vw, 1800px" /><figcaption class="wp-element-caption">Edificio con un letrero de la Jurisdicción Especial para la Paz, peatones y vehículos en una calle. Imagen generada con IA.</figcaption></figure>


<h2>La JEP también necesita garantías para cumplir su función</h2>
<p>La Jurisdicción Especial para la Paz también ejerce funciones de justicia y requiere recursos para cumplirlas. Su presupuesto puede ser discutido, su ejecución puede ser controlada, sus resultados pueden ser evaluados y el Congreso puede modificar sus apropiaciones, sin embargo, ninguna de esas facultades convierte automáticamente su presupuesto en la fuente de financiación de las necesidades históricas de la justicia ordinaria.</p>
<p>El diseño constitucional de la JEP le reconoce autonomía administrativa, presupuestal y técnica. <a href="https://www.jep.gov.co/Marco%20Normativo/Normativa_v2/02%20ACTOS%20LEGISLATIVOS/AL01-2017.pdf" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">La Jurisdicción Especial para la Paz publica el marco normativo que contiene esas garantías y sus funciones</a>. Esa autonomía no hace intangible cada peso asignado, pero obliga a que cualquier recorte considere las funciones que todavía debe cumplir y las condiciones materiales mínimas para desarrollarlas.</p>
<p>La Rama Judicial necesita financiación que permita garantizar independencia, acceso efectivo a la justicia, decisiones oportunas, nuevos despachos y modernización tecnológica. La JEP necesita recursos suficientes para cumplir su mandato constitucional. Convertir la discusión en una pugna sobre cuál de las dos “merece” funcionar con mejores condiciones reduce un problema estructural a una competencia presupuestal que no responde a las necesidades de fondo de ninguna de las dos.</p>


<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1800" height="1105" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571.webp" alt="Capitolio Nacional, sede del Congreso, con la bandera de Colombia en Bogotá" class="wp-image-32403" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571.webp 1800w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/10/nota-1791261229540-5571-1536x943.webp 1536w" sizes="auto, (max-width: 1800px) 100vw, 1800px" /><figcaption class="wp-element-caption">Capitolio Nacional, sede del Congreso de la República, en Bogotá | Foto: Christian Bolaños/Pexels</figcaption></figure>


<h2>El debate real está en las prioridades del presupuesto</h2>
<p>La discusión sobre $100.000 millones ha terminado ocupando un espacio desproporcionado frente al tamaño del Presupuesto General de la Nación. Al mismo tiempo, la Rama reclama recursos muy superiores a los incorporados inicialmente, el servicio de la deuda alcanza $155 billones y el margen para inversión pública se estrecha. Ese es el escenario que debería examinar el Congreso cuando defina las apropiaciones de 2027.</p>
<p>La pregunta relevante ya no es cuál jurisdicción debe perder para que otra gane, debe ser: ¿cuánto está dispuesto a financiar el Estado para que la justicia funcione? y ¿qué decisiones fiscales permiten hacerlo sin desconocer otras obligaciones constitucionales? La independencia judicial, el acceso ciudadano a los jueces, la reducción de la mora, la creación de despachos y la innovación tecnológica dependen de que esa respuesta se traduzca en recursos suficientes y sostenibles.</p>
<p>El Congreso todavía puede modificar el proyecto, de ahí que la discusión que sigue debería permitir medir la prioridad de la justicia con una referencia más concreta que los discursos: la apropiación finalmente aprobada, su relación con las necesidades acreditadas por la Rama y la forma como se distribuye el esfuerzo fiscal dentro de un presupuesto fuertemente condicionado por el servicio de la deuda.</p>
<p>Si la justicia es realmente una prioridad nacional, el presupuesto de 2027 debería permitir identificar dónde y cómo se materializa esa prioridad.</p>


<p class="wp-block-paragraph"></p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/divide-y-venceras-justicia-presupuesto-deuda-2027/" data-wpel-link="internal">Divide y vencerás: justicia, presupuesto de la Rama Judicial y deuda en 2027</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>Justicia sin milagro: el presupuesto que contradice la promesa y compromete el funcionamiento de la Rama Judicial en 2027.</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/justicia-sin-milagro-el-presupuesto-que-contradice-la-promesa-y-compromete-el-funcionamiento-de-la-rama-judicial-en-2027/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Yeison Viloria Aguas]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Sep 2026 23:45:08 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Temas]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En los últimos diez años la Rama Judicial ha aumentado su participación en el presupuesto nacional; sin embargo, el Proyecto de Presupuesto General de la Nación formulado para el año 2027, revierte parte de ese avance justo cuando debe financiar la entrada en vigencia de nuevas leyes como el Nuevo Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social, se requiere la creación de nuevos despachos para enfrentar la congestión y la reconstrucción de las sedes judiciales afectadas por el sismo reciente.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/justicia-sin-milagro-el-presupuesto-que-contradice-la-promesa-y-compromete-el-funcionamiento-de-la-rama-judicial-en-2027/" data-wpel-link="internal">Justicia sin milagro: el presupuesto que contradice la promesa y compromete el funcionamiento de la Rama Judicial en 2027.</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El 3 de septiembre de 2026, durante su segunda visita oficial a la Corte Suprema de Justicia desde la posesión y el tercer encuentro con esa corporación desde su elección, el presidente Abelardo de la Espriella aseguró que las decisiones judiciales serían respetadas <em>«desde el más humilde juez hasta el más encumbrado magistrado»</em>. Asimismo, se comprometió a salvaguardar la autonomía judicial y a abstenerse de interferir en las competencias constitucionalmente reservadas a jueces y magistrados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El mensaje institucional era necesario. También urgía restablecer las relaciones entre el Ejecutivo y la Rama Judicial, tras cuatro años caracterizados por los cuestionamientos reiterados del anterior presidente de la República frente a decisiones judiciales que contrariaban sus intereses o posiciones políticas. Sin embargo, la independencia judicial no se garantiza únicamente mediante declaraciones públicas, reuniones protocolarias o medidas de protección. Su efectividad exige condiciones materiales que permitan a la administración de justicia cumplir sus funciones con suficiencia, continuidad y autonomía.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde esa perspectiva, surge una contradicción difícil de ignorar. El mismo Gobierno que proclama su respeto por la independencia judicial presentó ante el Congreso de la República un <a href="https://www.pte.gov.co/documents/d/pte/3-proyecto-de-ley-pgn-2027-1" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">proyecto de Presupuesto General de la Nación para 2027</a> que asigna a la Rama Judicial $11,43 billones: $9,91 billones para funcionamiento, $17.696 millones para el servicio de la deuda pública y $1,5 billones para inversión. Frente a la apropiación de 2026, este monto representa un incremento nominal de apenas el 4,61%, porcentaje inferior tanto a la inflación anual registrada en 2025, que alcanzó el 5,1%, como al pronóstico del <a href="https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/publicaciones/archivos/presentacion-informe-politica-monetaria-julio-2026.pdf" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Banco de la República</a>, que sitúa la inflación al cierre de 2026 en el 6,9%.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En términos reales, la asignación proyectada ni siquiera compensaría la pérdida del poder adquisitivo acumulada durante la vigencia precedente y, por tanto, no supondría un fortalecimiento efectivo del presupuesto judicial, sino la prolongación —<em>e incluso la profundización</em>— de su insuficiencia estructural.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Durante la última década, el presupuesto de la Rama Judicial registró un crecimiento significativo y aumentó su participación relativa en el Presupuesto General de la Nación. Sin embargo, esa evolución fue irregular e insuficiente para cubrir las necesidades acumuladas. El proyecto presupuestal para 2027 no solo interrumpe esa tendencia, sino que amenaza con revertirla, precisamente cuando la demanda de justicia, la congestión de los despachos y las obligaciones institucionales ejercen una presión creciente sobre la capacidad operativa de la Rama Judicial, sus funcionarios y servidores.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Una década de avances incompletos.</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Entre 2017 y 2026, el presupuesto total de la Rama Judicial pasó de $3,54 a $10,92 billones, lo que representa un crecimiento nominal acumulado del 208,06%. Durante el mismo periodo, el Presupuesto General de la Nación aumentó de $224,42 a $546,97 billones, equivalente al 143,73%. Como la asignación destinada a la administración de justicia creció a un ritmo superior al del presupuesto nacional, su participación relativa se elevó del 1,58 % al 2,00%, con un promedio anual del 1,75% durante la década analizada. Si bien estas cifras descartan la existencia de una congelación presupuestal continua, no acreditan una trayectoria estable, sostenida y suficiente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Entre 2021 y 2023, la participación de la Rama Judicial disminuyó o permaneció prácticamente estancada, mientras que una proporción considerable del avance acumulado se concentró en 2024, vigencia en la cual la apropiación registró un incremento excepcional del 41,68%. Sin ese aumento extraordinario, la evolución del presupuesto judicial habría permanecido muy próxima a la del Presupuesto General de la Nación y el crecimiento de su participación relativa habría sido considerablemente menor.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="690" height="287" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/1.webp" alt="" class="wp-image-32350" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/1.webp 690w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/1-300x125.webp 300w" sizes="auto, (max-width: 690px) 100vw, 690px" /></figure>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="596" height="361" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/2.webp" alt="" class="wp-image-32351" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/2.webp 596w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/2-300x182.webp 300w" sizes="auto, (max-width: 596px) 100vw, 596px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">El crecimiento descrito, sin embargo, no puede evaluarse únicamente en términos nominales, pues es indispensable contrastarlo con el comportamiento de la inflación. Al descontar la variación anual del índice de precios al consumidor, se advierte que, en 2017, 2022 y 2026 el incremento de la apropiación presupuestal fue insuficiente para conservar su poder adquisitivo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En 2022, esta diferencia representó una contracción real aproximada del 4,31%. Para 2026, con base en la proyección más reciente del Banco de la República, que sitúa la inflación al cierre del año en el 6,9%, la pérdida real se estima en cerca del 1,86%.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si bien algunas vigencias registraron incrementos reales —en especial 2024—, el balance de la década evidencia que el crecimiento acumulado estuvo acompañado de retrocesos y fluctuaciones que impidieron consolidar una senda presupuestal estable y previsible. Esta discontinuidad limita la planeación estratégica de la Rama Judicial y dificulta la ejecución sostenida de políticas de mediano y largo plazo dirigidas a ampliar la planta de personal, mejorar la infraestructura judicial y profundizar la transformación tecnológica.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El retroceso de 2027 está en la participación.</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El dato más revelador del proyecto radicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante el Congreso de la República no es el incremento aislado del 4,61% asignado a la Rama Judicial, sino su contraste con el crecimiento del 16,08% previsto para el Presupuesto General de la Nación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mientras el presupuesto nacional aumenta cerca de $88 billones, la administración de justicia recibe apenas $503.448 millones adicionales. Esta diferencia reduce la participación de la Rama Judicial en el presupuesto nacional del 2,00% en 2026 al 1,80% en 2027, esto es, una caída de 0,20 puntos porcentuales, equivalente a una contracción relativa cercana al 9,9%.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La magnitud del retroceso adquiere mayor relevancia al examinar la evolución reciente. Entre 2023 y 2026, la participación de la Rama Judicial había aumentado aproximadamente 0,39 puntos porcentuales. El proyecto para 2027 revierte, en una sola vigencia, más de la mitad de ese avance. En consecuencia, aunque la apropiación judicial crece nominalmente, lo hace a un ritmo muy inferior al del Presupuesto General de la Nación y pierde peso dentro de la distribución global de los recursos públicos.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="584" height="331" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/3.webp" alt="" class="wp-image-32352" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/3.webp 584w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/3-300x170.webp 300w" sizes="auto, (max-width: 584px) 100vw, 584px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">A lo anterior se suma el efecto inflacionario. Si al incremento nominal del 4,61% se le descuenta la inflación del 6,9% proyectada por el Banco de la República para el cierre de 2026 —referencia pertinente para estimar los ajustes salariales y el aumento de los costos que se trasladarán a la vigencia siguiente—, la asignación proyectada refleja una contracción real cercana al 2,14%. Existe, por tanto, una doble regresión: disminuye la participación de la Rama Judicial en el presupuesto nacional y, simultáneamente, el reajuste previsto no compensa la pérdida de poder adquisitivo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Este efecto es especialmente crítico en los gastos de funcionamiento, cuya estructura presenta un elevado grado de rigidez, debido al peso predominante de los salarios, las prestaciones y las contribuciones asociadas a la planta de personal existente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bajo estas condiciones, el margen presupuestal para financiar cargos transitorios, adoptar medidas de descongestión y ampliar la oferta judicial en 2027 se reduce considerablemente. La señal fiscal es inequívoca; pese al aumento nominal de la apropiación, la participación relativa y la capacidad real de gasto de la Rama Judicial se contraen.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="547" height="324" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/4.webp" alt="" class="wp-image-32353" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/4.webp 547w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/4-300x178.webp 300w" sizes="auto, (max-width: 547px) 100vw, 547px" /></figure>



<h2 class="wp-block-heading">La meta del 3 % no es decorativa</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El artículo 192C de la Ley 270 de 1996, incorporado por la Ley 2430 de 2024, estableció que el presupuesto de funcionamiento e inversión de la Rama Judicial deberá alcanzar una participación equivalente al 3% del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro Nacional. La disposición también prohibió que la apropiación anual sea disminuida o inferior, en términos reales, a la de la vigencia anterior y reconoció a la Rama Judicial autonomía para desagregar la asignación global aprobada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Al ejercer el control previo de constitucionalidad, la Sentencia C-134 de 2023 declaró inexequible la expresión que imponía alcanzar el 3% en la vigencia fiscal inmediatamente siguiente, al considerar que una transición de un solo año podía afectar la planeación macroeconómica y la sostenibilidad de las finanzas públicas. Sin embargo, la Corte no privó de contenido al mandato legal. Por el contrario, preservó la obligación de avanzar hacia esa meta en forma gradual e incremental.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Del marco normativo surgen, entonces, dos deberes concurrentes: aumentar progresivamente la participación presupuestal de la Rama Judicial hasta alcanzar el 3% y evitar que la apropiación disminuya en términos reales frente a la vigencia anterior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Bajo este parámetro, el proyecto de presupuesto presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público revela una orientación regresiva. Después de que la participación de la Rama Judicial se aproximara al 2,00% en 2026, la propuesta para 2027 la reduce al 1,80% del Presupuesto General de la Nación. La progresividad definida por la Corte Constitucional no obliga a alcanzar inmediatamente el 3%, pero sí exige una trayectoria verificable de avance. Por ello, una reducción de 0,20 puntos porcentuales en una sola vigencia difícilmente puede conciliarse con el carácter gradual e incremental del mandato estatutario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La disminución proyectada también expone una dificultad de mayor alcance: el funcionamiento adecuado de la administración de justicia requiere una autonomía presupuestal real y efectiva. Esta garantía no se agota en la facultad de distribuir una asignación global previamente definida. Cuando el monto aprobado es insuficiente, la Rama Judicial solo adquiere autonomía para decidir cuál necesidad debe postergar; cumplir obligaciones laborales, ampliar la planta de personal, crear despachos, conservar sedes, adoptar medidas de descongestión o modernizar sus sistemas tecnológicos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia funcional de jueces y magistrados presupone, por tanto, un mínimo de capacidad institucional y financiera. Sin recursos suficientes, la autonomía reconocida formalmente pierde eficacia material y la prestación del servicio queda condicionada por las prioridades presupuestales del Ejecutivo. La independencia judicial no solo exige ausencia de interferencias en las decisiones jurisdiccionales; también requiere que la Rama Judicial disponga de los medios necesarios para cumplir sus funciones constitucionales sin depender de asignaciones que perpetúen su insuficiencia estructural.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El déficit ya existe y tiene nombre.</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El proyecto de presupuesto de la Rama Judicial para 2027, elaborado por el Consejo Superior de la Judicatura a través de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y radicado ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en marzo de 2026, cuantificó las necesidades del sector en $17,53 billones.&nbsp; Sin embargo, el proyecto presentado por el Gobierno nacional ante el Congreso de la República solo incorporó $11,43 billones. La diferencia global asciende a $6,10 billones y, únicamente en gastos de funcionamiento, alcanza $4,70 billones. No se trata, por tanto, de una discrepancia marginal, sino de una brecha que compromete la capacidad de operar, atender obligaciones exigibles y ampliar la oferta judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La insuficiencia, además, no surge en 2027. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial estimó que, para 2026, los gastos de funcionamiento ya acumulaban un faltante de $672.525 millones. Pese a este déficit previo, el proyecto para la vigencia siguiente incrementa ese componente en apenas $453.060 millones. Incluso bajo el supuesto extremo de destinar la totalidad del aumento a cubrir la brecha heredada, solo se financiaría cerca del 67,4% y permanecerían pendientes $219.465 millones, sin contabilizar las nuevas necesidades salariales, operativas y normativas que deberán atenderse en 2027.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Esta restricción presupuestal compromete directamente la expansión de la capacidad institucional. La Rama Judicial proyectó <strong><u>la creación de 7.715 cargos permanentes</u></strong>, con un costo estimado de $1,57 billones, para responder al crecimiento de la demanda, equilibrar la relación entre ingresos y egresos y fortalecer los despachos con mayores niveles de congestión. A ello se suman <strong><u>2.570 cargos transitorios previstos en el Plan Anual de Descongestión,</u></strong> valorados en $549.717 millones. La asignación propuesta por el Ministerio de Hacienda no ofrece respaldo suficiente para financiar estas medidas durante la vigencia fiscal de 2027.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En términos prácticos, el proyecto no solo deja sin cubrir obligaciones y necesidades acumuladas, sino que reduce al mínimo la posibilidad de crear nuevos despachos, fortalecer las plantas existentes y adoptar medidas eficaces de descongestión. El déficit, por consiguiente, tiene una consecuencia concreta: una oferta judicial prácticamente invariable frente a una demanda creciente.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La promesa incumplida</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Mediante la Ley 2594 de 2026, el Congreso de la República buscó corregir una distorsión originada en el régimen salarial adoptado desde 2013. Los Decretos 382, 383 y 384 de ese año, complementados por los Decretos 022 de 2014 y 1269 de 2015, crearon y regularon la Bonificación Judicial para los servidores de la Fiscalía General de la Nación, la Rama Judicial y la Justicia Penal Militar, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las direcciones seccionales. No obstante, establecieron que dicho concepto únicamente constituiría factor salarial para calcular los aportes al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con exclusión de sus efectos sobre las demás prestaciones sociales y las cesantías.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Ley 2594 de 2026 reconoció la Bonificación Judicial como factor salarial para todos los efectos legales, sin excepción, a partir de su promulgación. Con esta modificación se pretendió corregir la desigualdad derivada del régimen anterior y contener el impacto fiscal de las reclamaciones y decisiones judiciales que ya habían reconocido dicho carácter salarial, cuyos costos acumulados se han estimado en más de $1,8 billones. Sin embargo, el proyecto presupuestal presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público no incorpora apropiaciones suficientes para financiar la aplicación integral de la nueva disposición.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El proyecto formulado por la Rama Judicial calculó en $865.906 millones el costo de extender el carácter salarial de la bonificación a 37.352 servidores. De ese monto, $341.166 millones ya estaban incorporados en la nómina, mientras que se <strong><u>requerían $524.739 millones adicionales para cubrir la totalidad de la obligación.</u></strong> La ausencia de estos recursos no elimina el derecho reconocido por el legislador; aplaza su cumplimiento y traslada sus consecuencias a las vigencias futuras, con el consiguiente aumento del pasivo, las reclamaciones judiciales, los retroactivos, la indexación y los intereses. La bonificación evidencia, así, el costo de reconocer derechos laborales sin garantizar simultáneamente su financiación y se convierte en otra promesa incumplida para los servidores judiciales.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La emergencia absorbió parte del aumento antes de que comenzara la vigencia</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El sismo de magnitud 7,4 ocurrido el 10 de agosto de 2026 introdujo una presión financiera y operativa que el anteproyecto elaborado en marzo no podía anticipar. Para atender los daños inmediatos, el Consejo Superior de la Judicatura destinó $208.000 millones provenientes de saldos de proyectos de inversión de 2026. De esa suma, $116.000 millones fueron dirigidos a la reparación y adecuación de sedes judiciales en Caldas, Chocó, Risaralda, Quindío, Valle del Cauca y otras zonas afectadas, mientras que $92.000 millones se destinaron a recuperar y fortalecer la infraestructura tecnológica de los despachos damnificados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La corporación también declaró la urgencia manifiesta, mediante el Acuerdo PCSJA26-12569 del 14 de agosto de 2026, por un término inicial de dos meses prorrogables. Esta decisión permitió contratar directamente las obras, bienes y servicios indispensables para reforzar y reparar las estructuras afectadas, arrendar sedes alternas, restablecer la conectividad, trasladar y proteger expedientes y garantizar la seguridad de los servidores judiciales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La dimensión presupuestal de la emergencia es significativa: los $208.000 millones reasignados equivalen al 41,3% de todo el incremento nominal previsto para la Rama Judicial en 2027. Pese a esta nueva contingencia, el proyecto radicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mantiene el presupuesto de inversión en $1,5 billones, el mismo monto solicitado antes del terremoto, y no individualiza en la sección 2701 una apropiación extraordinaria para financiar la reconstrucción.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En ausencia de recursos adicionales, la respuesta a la emergencia depende de traslados internos y de la reasignación de partidas previamente destinadas a otros proyectos. Esta operación permite atender las necesidades urgentes, pero no es presupuestalmente neutra: cada peso dirigido a reparar una sede, restablecer la conectividad o proteger un expediente deja de financiar mantenimiento preventivo, modernización tecnológica, adquisición de infraestructura o expansión territorial en otra zona del país. La emergencia no creó el déficit, pero sí profundizó la competencia por recursos que ya eran insuficientes.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Más demanda y nuevas obligaciones.</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La presión presupuestal no proviene únicamente de obligaciones acumuladas; también obedece al crecimiento sostenido de la demanda de justicia. Según las <a href="https://www.ramajudicial.gov.co/web/consejo-superior-de-la-judicatura/-/rama-judicial-recibi%C3%B3-m%C3%A1s-de-950-mil-tutelas-en-2024-estrategias-para-la-descongesti%C3%B3n-y-capacidad-de-respuesta-a-demanda-ciudadana" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">estadísticas oficiales de la Rama Judicial</a>, durante 2024 ingresaron 3.263.743 asuntos y se resolvieron 2.672.412, lo que representa una relación entre egresos e ingresos del 81,9% y una diferencia de 591.331 procesos. Esta diferencia aritmética no puede equipararse al inventario final, pues este también comprende expedientes acumulados de vigencias anteriores, reingresos y otros movimientos estadísticos. Sin embargo, sí revela un hecho relevante; durante ese año salieron menos asuntos de los que ingresaron al sistema de administración de justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El comportamiento por especialidades confirma la persistencia de esa presión. En la jurisdicción laboral ingresaron 170.052 asuntos y egresaron 143.969, con una brecha de 26.083 procesos. En materia penal se registraron 704.055 ingresos y 600.216 egresos, para una diferencia de 103.839 asuntos. Estas cifras adquieren especial importancia ante la entrada en vigor, el 2 de abril de 2026, de la <a href="https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=259639" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Ley 2452 de 2025</a>, mediante la cual se expidió el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, aplicable a las demandas presentadas desde esa fecha.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El modelo procesal previsto por esta reforma, basado en la oralidad, la gestión digital y la celeridad, exige una capacidad institucional correspondiente: jueces, empleados, salas de audiencia, conectividad, sistemas informáticos y formación especializada. Una reforma procesal que no esté acompañada de los recursos necesarios corre el riesgo de convertir sus objetivos de eficiencia en una carga adicional para despachos ya congestionados. En tales condiciones, el costo de la insuficiencia presupuestal termina trasladándose tanto a los servidores judiciales como a los ciudadanos que esperan una decisión oportuna.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La situación de la justicia penal muestra, además, que el problema trasciende la capacidad exclusiva de los jueces. La <a href="https://cej.org.co/destacados-home-page/el-93-de-las-denuncias-penales-en-colombia-no-avanzan-mas-alla-de-la-indagacion-revela-informe-de-la-cej-sobre-el-spoa/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Corporación Excelencia en la Justicia</a> advirtió que el 93,2% de los casos activos registrados en el Sistema Penal Oral Acusatorio permanecía en la etapa de indagación. Este indicador no constituye, por sí solo, una tasa general de impunidad ni puede atribuirse exclusivamente a la administración judicial. La investigación y judicialización de los delitos compromete a toda la cadena penal: Fiscalía General de la Nación, policía judicial, defensa, jueces y autoridades responsables del diseño y la ejecución de la política criminal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La cifra sí pone de manifiesto una debilidad estructural. Si la mayoría de los casos no supera la fase inicial, cualquier política dirigida a fortalecer la judicialización requiere recursos suficientes y coordinados en todas las etapas del sistema, incluida la capacidad de juzgamiento para aquellos procesos que llegan a conocimiento de los jueces. No basta, entonces, con incrementar la actividad investigativa si no se garantiza, al mismo tiempo, la infraestructura humana, física y tecnológica necesaria para celebrar audiencias y adoptar decisiones dentro de plazos razonables.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El aumento de la demanda y la entrada en vigor de nuevas obligaciones legales confirman que el presupuesto judicial no puede concebirse como un simple ejercicio contable anual. Imponer mayores responsabilidades sin financiar la capacidad requerida equivale a trasladar mandatos desprovistos de respaldo material a instituciones ya sobrecargadas. La conclusión es ineludible: no es posible garantizar una justicia oportuna ni combatir eficazmente la criminalidad sin recursos suficientes y articulados para todo el sistema.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Tres encuentros con la Corte Suprema; ningún compromiso fiscal cuantificado</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La agenda presidencial con las altas cortes ha sido intensa. El <a href="https://cambiocolombia.com/poder/articulo/2026/6/independencia-presupuesto-y-otros-temas-que-las-cortes-hablaron-con-abelardo-de-la-espriella" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">25 de junio de 2026</a>, todavía como presidente electo, Abelardo De La Espriella participó en encuentros informales con la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. En la Corte Suprema, el diálogo comprendió asuntos relacionados con la independencia judicial, el presupuesto de la Rama y las extradiciones.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El <a href="https://www.infobae.com/colombia/2026/08/18/abelardo-de-la-espriella-realizo-su-primera-visita-oficial-a-las-altas-cortes-y-reafirmo-su-compromiso-con-la-independencia-de-poderes/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">18 de agosto</a>, ya posesionado y acompañado por el ministro de Justicia, Iván Cancino, efectuó su primera visita oficial al Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. El <a href="https://www.infobae.com/colombia/2026/08/26/abelardo-de-la-espriella-se-reunio-con-la-corte-constitucional-tras-avalar-la-reforma-pensional-de-petro-estos-son-los-detalles-del-encuentro/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">26 de agosto</a> se reunió con la Sala Plena de la Corte Constitucional. Dentro de esa ronda institucional también se anunció una visita al Consejo Superior de la Judicatura, aunque las fuentes públicas consultadas no individualizan una sesión presidencial posterior con esa corporación.</p>



<figure class="wp-block-image size-full"><img loading="lazy" decoding="async" width="707" height="356" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/5.webp" alt="" class="wp-image-32354" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/5.webp 707w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/5-300x151.webp 300w" sizes="auto, (max-width: 707px) 100vw, 707px" /></figure>



<p class="wp-block-paragraph">Balance de información pública disponible al 4 de septiembre de 2026. La visita del 3 de septiembre consta en la <a href="https://www.presidencia.gov.co/prensa/Paginas/Las-decisiones-judiciales-seran-respetadas-desde-el-mas-humilde-juez-hasta-260903.aspx" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">comunicación oficial de Presidencia</a>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reunión del 3 de septiembre elevó a tres los encuentros de Abelardo De La Espriella con la Corte Suprema. Durante la visita, el mandatario reiteró su respeto por las decisiones judiciales, se comprometió a proteger la autonomía de la Rama y ordenó reforzar la seguridad de los magistrados amenazados. A su vez, el <a href="https://www.minjusticia.gov.co/Sala-de-prensa/Paginas/Ministerio-de-Justicia-rechaza-cualquier-acto-de-intimidacion-o-agresion-contra-Rama-Judicial.aspx" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Ministerio de Justicia</a> respaldó las instrucciones impartidas a la Policía Nacional y a la Unidad Nacional de Protección para fortalecer los esquemas de seguridad de los integrantes de la Sala de Casación Penal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No obstante, las comunicaciones oficiales examinadas no contienen un compromiso presupuestal cuantificado, un cronograma de avance hacia la participación del 3%, una asignación extraordinaria para atender los daños ocasionados por el sismo ni una propuesta concreta para cubrir el faltante de funcionamiento. La reiteración del respeto institucional no ha estado acompañada, hasta ahora, de una respuesta fiscal proporcional a las necesidades expuestas por la propia Rama Judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El propósito de este balance no es descalificar el diálogo ni medir la independencia judicial por el número de visitas presidenciales. Después de varios años de tensión entre el Ejecutivo y las Altas Cortes de Colombia, restablecer canales institucionales tiene un valor democrático indiscutible y corresponde al principio constitucional de colaboración armónica entre los órganos del Estado. Sin embargo, la interlocución política no sustituye las decisiones presupuestales necesarias para garantizar la capacidad material de la administración de justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La contradicción surge cuando el discurso oficial anuncia el fortalecimiento de la justicia, mientras el proyecto fiscal reduce su participación relativa en el Presupuesto General de la Nación. El <a href="https://www.candidateados.com/programas/segunda-vuelta/Plan%20de%20gobierno_Abelardo%20de%20la%20Espriella_%20segunda%20vuelta.pdf" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">programa de gobierno</a> incluyó la defensa de los jueces, el respeto por la separación de poderes y la independencia judicial, así como el fortalecimiento de la justicia y la judicialización. Al momento de elaboración de este artículo, tales compromisos aún no se han traducido en una senda presupuestal verificable. Por el contrario, el proyecto presentado al Congreso por el Ministerio de Hacienda disminuye el peso relativo de la Rama y deja sin financiación necesidades esenciales previamente identificadas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia judicial también requiere condiciones materiales para su ejercicio. Por ello, el verdadero alcance del compromiso gubernamental no puede medirse únicamente por las reuniones celebradas o por las declaraciones públicas, sino por la apropiación de recursos suficientes, el establecimiento de metas verificables y la adopción de un cronograma que permita avanzar hacia la autonomía presupuestal prevista por el ordenamiento jurídico.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Del diálogo a una política de Estado</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El Congreso de la República aún puede corregir el rumbo del proyecto presupuestal. Para ello, la discusión legislativa debe traducir el diagnóstico en cinco decisiones concretas:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Reconocer el déficit de funcionamiento acumulado desde 2026 y asignar los recursos necesarios para cubrirlo.</li>



<li>Financiar integralmente las obligaciones derivadas de las leyes 2594 de 2026 y 2452 de 2025, evitando que los derechos y las reformas aprobados por el propio Estado queden reducidos a mandatos sin respaldo económico.</li>



<li>Destinar recursos extraordinarios para reconstruir las sedes judiciales afectadas por el sismo, sin desplazar las inversiones previstas para mantenimiento, transformación tecnológica y ejecución de los proyectos en curso.</li>



<li>Evaluar y financiar una ampliación permanente de la oferta judicial, sustentada en las cargas de trabajo, los niveles de congestión y las necesidades territoriales del servicio.</li>



<li>Definir una trayectoria plurianual, gradual y verificable hacia la meta establecida en el artículo 192C de la Ley 270 de 1996, acompañada de indicadores públicos, metas anuales y mecanismos de rendición de cuentas.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">La corrección también exige avanzar hacia una autonomía presupuestal que no se limite a distribuir una asignación global determinada por otro poder. La capacidad de definir prioridades pierde eficacia cuando los recursos disponibles son insuficientes para atender las obligaciones básicas. Una autonomía auténtica debe permitir que las necesidades de la Rama tengan una incidencia real en la formulación del presupuesto, sin perjuicio de los controles sobre eficiencia, ejecución, transparencia y resultados.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El incremento de los recursos, por sí solo, no garantiza una justicia oportuna y eficaz; constituye, sin embargo, una condición indispensable para ampliar la planta de personal, crear despachos, mantener la infraestructura tecnológica, reparar sedes y ejecutar las reformas procesales aprobadas por el Congreso. La insuficiencia presupuestal convierte los mandatos legales en obligaciones de difícil cumplimiento y traslada sus consecuencias a los servidores judiciales y a la ciudadanía.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El fortalecimiento de la administración de justicia debe consolidarse como una política de Estado, ajena a las prioridades transitorias de cada gobierno. Ello exige una planeación plurianual que articule presupuesto, talento humano, infraestructura, transformación digital y ampliación de la cobertura, con metas evaluables y responsabilidades institucionales definidas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Rama Judicial no necesita “milagros” ni nuevos anuncios. Requiere una política de Estado coherente, estable y orientada a su fortalecimiento efectivo. Esa política debe materializarse en compromisos verificables y partir de un presupuesto suficiente para garantizar su funcionamiento y ampliar la oferta de justicia al ritmo de la demanda ciudadana.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La independencia judicial se manifiesta en el respeto por las decisiones, en la protección de quienes las adoptan y en la disponibilidad de los recursos necesarios para cumplirlas. Si las visitas a las Cortes y las declaraciones de respaldo no se traducen en una corrección presupuestal, el Gobierno habrá mejorado el tono de la relación institucional, pero no la capacidad material del Estado para administrar justicia.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/justicia-sin-milagro-el-presupuesto-que-contradice-la-promesa-y-compromete-el-funcionamiento-de-la-rama-judicial-en-2027/" data-wpel-link="internal">Justicia sin milagro: el presupuesto que contradice la promesa y compromete el funcionamiento de la Rama Judicial en 2027.</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>Rama Judicial tendrá más obligaciones en 2027 pero su presupuesto podría no crecer</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Luis Fernando Miranda Guzmán]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 Sep 2026 02:37:00 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El proyecto de PGN asigna $11,43 billones a la Rama Judicial, 4,61 % más que en 2026. pero el margen es tan estrecho que una reducción en el Congreso podría borrar cualquier crecimiento real.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">El <a href="https://www.minhacienda.gov.co/home?_event_transid=4178420881" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">proyecto reformulado del Presupuesto General de la Nación para 2027</a> asigna $11,43 billones a la Rama Judicial. Aunque supera lo aprobado para 2026, el incremento es de apenas 4,61 %. Como el trámite legislativo continúa, cualquier reducción puede borrar ese margen y disminuir la capacidad real de la justicia.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El presupuesto de la Rama Judicial crecería apenas 4,61 %</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El <a href="https://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Decretos/30055955?fn=document-frame.htm%24f%3Dtemplates%243.0" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">presupuesto liquidado para 2026</a> asignó a la Rama Judicial $10,926 billones: $9,459 billones para funcionamiento, $1,449 billones para inversión y $17.695 millones para servicio de la deuda. Para 2027, la propuesta eleva el total a $11,430 billones, con $9,912 billones para funcionamiento, $1,5 billones para inversión y el mismo monto de deuda. La diferencia total ronda los <strong>$503.448 millones</strong>.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La comparación parece favorable hasta que se observa la magnitud real del crecimiento. El total aumenta 4,61 %, el funcionamiento 4,79 % y la inversión 3,48 %. Hay más pesos nominales, sí, pero ese dato no demuestra por sí solo que la Rama Judicial tendrá mayor capacidad para financiar su operación, sostener los despachos o ampliar la inversión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El Ministerio de Hacienda utilizó para la formulación del anteproyecto una <a href="https://www.pte.gov.co/documents/d/pte/02-anexo-1-supuestos-macro-2027?download=true" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">inflación de fin de periodo de 4,8 % para 2027</a>. Esa cifra no es la inflación definitiva de la próxima vigencia, pero sirve como referencia para medir el estrecho margen de la propuesta. Si se compara con ese supuesto, el crecimiento total de 4,61 % queda por debajo, el funcionamiento prácticamente se estanca en términos reales y la inversión pierde capacidad adquisitiva.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También cae el peso relativo de la Rama dentro del presupuesto nacional. En 2026, su apropiación representó cerca del 2,0 % del PGN aprobado, mientras que en el proyecto de 2027, los $11,43 billones equivalen aproximadamente al 1,8 % de un total proyectado de $634,95 billones. La Rama recibe más pesos, pero ocupa una porción menor del presupuesto. Para la financiación de la justicia es una señal preocupante de un gobierno que está iniciando y demostrando cuáles serán sus prioridades.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="629" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial-1024x629.webp" alt="Congresistas reunidos durante instalación del Congreso de Colombia" class="wp-image-32241" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial-1536x943.webp 1536w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/instalacion-congreso-colombia-presupuesto-rama-judicial.webp 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Instalación del Congreso de Colombia. Fuente: Presidencia de Colombia, Wikimedia Commons.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Los $11,43 billones todavía pueden cambiar en el Congreso</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La cifra actual todavía no es el presupuesto definitivo. El 27 de agosto de 2026, el Gobierno radicó una reformulación después de que las Comisiones Económicas Conjuntas aprobaran la devolución del proyecto el 11 de agosto. Los <a href="https://www.minhacienda.gov.co/web/pte/sistema-general-de-regalias/actos-administrativos-de-modificaciones/-/document_library/qlsc/view/3437662?_com_liferay_document_library_web_portlet_DLPortlet_INSTANCE_qlsc_folderId=3437662" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">documentos del PGN 2027</a> regresaron así al trámite legislativo y podrán ser modificados antes de que se expida la ley anual de presupuesto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El riesgo de una reducción no es hipotético. Existe un antecedente reciente. En octubre de 2025, la <a href="https://www.ramajudicial.gov.co/historico-de-noticias/-/asset_publisher/tc8GIx9NJWBV/content/id/202385086" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial</a> informó que el presupuesto aprobado para 2026 incorporó una segunda reducción de $695 mil millones, adicional al recorte frente a la solicitud inicial de la Rama. El antecedente explica por qué la propuesta de 2027 debe leerse como un punto de partida y no como una cifra asegurada.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La diferencia ahora es que el margen inicial es todavía más delicado. Cuando el crecimiento nominal es de 4,61%, una reducción relativamente pequeña puede eliminar cualquier posibilidad de expansión real. Un ajuste durante el trámite no tendría que ser drástico para convertir el aparente aumento en menor capacidad de gasto.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="629" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial-1024x629.webp" alt="Juez con toga tiene las manos atadas en sala judicial" class="wp-image-32243" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial-1536x943.webp 1536w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/juez-manos-atadas-rama-judicial.webp 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Juez con toga y manos atadas. Fuente: Pixabay.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">La ley exige que la Rama Judicial no retroceda en términos reales</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La discusión tiene además una regla jurídica específica que no puede ser olvidada. El <a href="https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=30054041" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">artículo 192C de la Ley 270 de 1996</a>, incorporado por la Ley 2430 de 2024, estableció que el presupuesto de funcionamiento e inversión de la Rama Judicial debe responder al parámetro allí previsto, conforme al Marco Fiscal de Mediano Plazo. La misma disposición señala que el gasto apropiado para cada vigencia no puede ser inferior en términos reales al presupuestado en el año anterior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Todavía no puede afirmarse que exista un incumplimiento definitivo. No hay una ley anual de presupuesto aprobada para 2027 y tampoco se conoce la inflación efectiva de esa vigencia. Sí puede afirmarse que la propuesta parte de un margen que exige vigilancia: si la cifra final disminuye, el debate dejará de girar alrededor de un aumento nominal y se concentrará en si la justicia conservó realmente su capacidad financiera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los recursos deben sostener la planta existente, atender nuevas competencias, respaldar medidas de descongestión, mejorar infraestructura y continuar la transformación tecnológica de los despachos, aspectos indispensables a la hora de hablar de la administración de justicia en nuestro país.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="629" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada-1024x629.webp" alt="Estatua de la Dama de la Justicia con balanza y espada" class="wp-image-32242" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada-1536x943.webp 1536w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/dama-justicia-balanza-espada.webp 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Dama de la Justicia. Foto: dp singh Bhullar, Pexels.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">La bonificación judicial aumenta las obligaciones salariales</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El panorama de 2027 incorpora además una obligación que cambió de naturaleza jurídica. En julio fue sancionada la <a href="https://www.suin-juriscol.gov.co/clp/contenidos.dll/Leyes/30056715?fn=document-frame.htm%24f%3Dtemplates%243.0" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Ley 2594 de 2026</a>, que reconoció la bonificación judicial como factor salarial para todos los efectos legales, sin excepción. Lo que durante años fue objeto de reclamaciones, negociaciones y proyectos legislativos ahora forma parte del ordenamiento y debe reflejarse en la programación y ejecución presupuestal.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En términos prácticos, el impacto ya no se limita al pago mensual de la bonificación. Su reconocimiento como factor salarial se proyecta sobre otras obligaciones laborales asociadas al salario. Por eso, comparar únicamente los $503 mil millones adicionales de 2027 con el presupuesto de 2026 ofrece una visión incompleta. El crecimiento de los recursos debe contrastarse con el crecimiento de las obligaciones que debe financiar la Rama.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La discusión forma parte de un problema más amplio sobre la financiación del empleo público. En la Rama Judicial, esa tensión adquiere una dimensión adicional porque las decisiones presupuestales afectan tanto las condiciones de quienes prestan el servicio como la capacidad institucional para garantizar el acceso a la justicia.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="629" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion-1024x629.webp" alt="Martillo judicial fracturado junto a libro sobre una mesa" class="wp-image-32244" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion-1536x943.webp 1536w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/martillo-judicial-fracturado-constitucion.webp 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Martillo judicial fracturado junto a un constitución Política Foto: VBlock, Pixabay.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Menos capacidad presupuestal también afecta el servicio de justicia</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El presupuesto de la Rama Judicial trasciende una simple discusión contable. Cuando los recursos no crecen al ritmo de las cargas y de los costos, aumentan las dificultades para sostener despachos, crear empleos, ejecutar planes de descongestión, mantener sedes y financiar herramientas tecnológicas. La consecuencia termina llegando al ciudadano en forma de procesos más lentos, mayores tiempos de respuesta y una administración de justicia con menos margen para enfrentar sus necesidades.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La autonomía e independencia judicial también tiene una dimensión presupuestal. Una rama del poder público necesita recursos suficientes y estables para cumplir las funciones que la Constitución y la ley le asignan. Al mismo tiempo, un presupuesto responsable exige priorización y sostenibilidad fiscal. Precisamente por eso la discusión debe ser transparente. Si los recursos no alcanzan para todas las obligaciones, el país debe conocer qué necesidades de la justicia quedarán aplazadas y cuáles serán las consecuencias. Este panorama, que no es nuevo, también permite hacer explícita la necesidad de poner sobre la mesa una discusión que no ha sido abordada, la manera como se define el presupuesto para la Rama Judicial no parece ser la correcta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Presentar como fortalecimiento cualquier aumento nominal puede ocultar el problema central. Si bien los $11,43 billones proyectados son superiores a la cifra de 2026, parten de un crecimiento total inferior al supuesto inflacionario utilizado para formular el anteproyecto y llegan con obligaciones permanentes adicionales. El verdadero indicador será la capacidad efectiva que conserve la Rama después de financiar su funcionamiento y cumplir los compromisos legales que ya existen.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="629" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia-1024x629.webp" alt="Persona observa entrada del Congreso de la República de Colombia" class="wp-image-32247" srcset="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia-1024x629.webp 1024w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia-300x184.webp 300w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia-768x471.webp 768w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia-1536x943.webp 1536w, https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/09/entrada-congreso-republica-colombia.webp 1800w" sizes="auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Entrada frontal del Congreso de la República de Colombia. Foto: Compota de mora, Wikimedia Commons.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">El Congreso definirá si el aumento es real o solo nominal</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La decisión pendiente está ahora en el trámite presupuestal. El Congreso deberá definir si mantiene, aumenta o reduce la apropiación propuesta para la Rama Judicial. Cualquier modificación partirá de una base que ya ofrece poco margen frente al aumento esperado de los costos. Por eso, el debate de los próximos meses será determinante para establecer si 2027 trae un fortalecimiento financiero o simplemente una cifra nominalmente mayor, discusión en la que los sindicatos, trabajadores, empleados y funcionarios de la Rama Judicial deben ser partícipes, propositivos y acérrimos en la defensa del presupuesto.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La advertencia debe hacerse antes de que la ley quede aprobada. Si el presupuesto final disminuye y las obligaciones salariales, tecnológicas, de infraestructura y de funcionamiento siguen creciendo, la Rama tendrá que atender más necesidades con una capacidad presupuestal que no avanza al mismo ritmo. El precedente de 2026 demuestra que una reducción durante el trámite puede ocurrir y que sus efectos se conocen cuando el margen de maniobra ya es menor.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La discusión debe centrarse en evitar que el país descubra, una vez aprobado el presupuesto, que el incremento de la Rama Judicial solo existía en las cifras nominales. La justicia necesita una financiación que preserve su valor real y responda a las obligaciones que el propio Estado le ha impuesto. La decisión final del Congreso mostrará si el aumento proyectado se convierte en capacidad efectiva para administrar justicia.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/rama-judicial-2027-mas-obligaciones-pero-menos-presupuesto/" data-wpel-link="internal">Rama Judicial tendrá más obligaciones en 2027 pero su presupuesto podría no crecer</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>Las deudas de Gustavo Petro con los trabajadores estatales</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/las-deudas-de-petro-con-trabajadores-estatales/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Edilberto C. Castro]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Feb 2026 01:40:16 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Qué está pasando]]></category>
		<category><![CDATA[Temas]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las deudas de Petro con trabajadores estatales se notan en la nómina. El presupuesto crece poco para salarios, sube el servicio de la deuda y la brecha salarial se agranda, de 4 a 2,9 SMLV.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/las-deudas-de-petro-con-trabajadores-estatales/" data-wpel-link="internal">Las deudas de Gustavo Petro con los trabajadores estatales</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Cuatro años en la presidencia mostraron más de lo mismo</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Transcurridos tres años y seis meses del gobierno de Gustavo Petro, valdría la pena contrastar lo propuesto por él en la campaña electoral de 2022 con su accionar en materia de empleo público y trabajo digno.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es bien sabido que los problemas estructurales de los trabajadores estatales no se originaron en el actual gobierno. Son el producto de las malas políticas en todos los gobiernos anteriores, sin excepción, regímenes que conciben una administración pública minusválida, con baja financiación, poca o nula creación de empleo formal y directo y tercerizada en privados incluso en sus funciones esenciales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Petro prometió en la campaña dar solución a las reivindicaciones de los trabajadores estatales. Pero al contrario de lo prometido, sus casi cuatro años en la presidencia mostraron más de lo mismo. Lejos de corregir con rigurosidad y seriedad las malas políticas y prácticas de los partidos tradicionales, las igualó o incluso empeoró.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><span>La deuda con el mérito</span></h2>



<p class="wp-block-paragraph"><strong> </strong>La meritocracia ha sido quebrantada de raíz, como lo prueba el escándalo de Juliana Guerrero y su pretendida imposición en el Ministerio de la Igualdad y Equidad. De septiembre a la fecha se conoció que Juliana Guerrero se graduó sin presentar el examen de Saber-Pro y que la Fundación San José anuló su título por no haber registro de actividad académica. No es el único embuchado, son más de veinte los funcionarios que habrían obtenido de manera irregular sus títulos profesionales para poder ser contratados en entidades públicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Para entregarle el Viceministerio de Juventudes a Juliana Guerrero lo intentaron todo. Además de las graves inconsistencias de la aspirante en la hoja de vida que ella dio a conocer, el Gobierno pretendió modificar el Manual de Funciones de la entidad de manera exprés y sin consultar a la organización sindical. Incluso recién posesionada Mariela Barragán en la Función Pública, se intentó modificar el Decreto 1083 de 2015 para disminuir los requisitos de los viceministerios del Ministerio de Igualdad. El Gobierno nacional, en distintas instancias y con la justificación pública del presidente Petro, actuó sistemáticamente para violentar el principio constitucional del mérito, que se consagra como obligación para el ingreso al empleo público.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las organizaciones sindicales estatales hemos rechazado esas actuaciones de “nombramientos sastre” en otros gobiernos por desprofesionalizar el empleo público, afectar el adecuado desarrollo de la función pública y, en la mayoría de los casos, ser mecanismos encaminados a aceitar la politiquería y el clientelismo.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/02/reunion-sindical-empleo-publico-merito.webp" alt="Dirigentes sindicales dialogan en reunión sobre empleo público"/></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><span>La deuda con la formalización</span></h2>



<p class="wp-block-paragraph">Son dos los principales problemas del empleo público, la permanente desformalización y la falta de presupuesto. Las plantas permanentes de personal no solo han permanecido prácticamente congeladas, sino que se han configurado nóminas paralelas mediante órdenes de prestación de servicio mucho más grandes y en muchos casos, desempeñando funciones misionales y permanentes. Es un problema de décadas y que ningún gobierno ha decidido atender con seriedad. Para noviembre de 2022, éramos 612.762 empleados públicos del orden nacional, territorial y de otras ramas, excluyendo a los uniformados y al magisterio colombiano. Sin embargo, había también en las entidades 516.234 trabajadores vinculados a través de órdenes de prestación de servicio y 395.206 tercerizados o vinculados en contratos con personas jurídicas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><em>“El contrato de prestación servicios debe pasar a la historia”</em>, dijo el candidato Gustavo Petro en la campaña. Hoy, las OPS de entidades orden nacional, adscritas o vinculadas el ejecutivo pasaron de 48 mil personas en 2022 a 64 mil contratadas con esa modalidad en 2024, <a href="https://www.lasillavacia.com/silla-nacional/la-burocracia-estatal-en-el-gobierno-petro-se-dispara-a-niveles-record/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">según datos de La Silla Vacía. </a></p>



<p class="wp-block-paragraph">La Función Pública dio a conocer en 2023 un Plan de Formalización Laboral con muchas dudas para su ejecución y presentando las plantas temporales como una vía hacia la formalización, práctica que además de ilegal es inconveniente porque burla la estabilidad a largo plazo. A tales artificios mañosos se ha opuesto históricamente la CUT. Parece que ya no.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según datos del DAFP, el gobierno Petro apenas incrementó en un 5% la planta permanente de personal del Estado, pero se decidió por crear 5.000 empleos temporales a última hora, como los del Ministerio del Trabajo y la Unidad de Planeación Minero-Energética, al borde de la Ley de Garantías y con terminación en 2026 y 2027, respectivamente. En cambio, las plantas de personal permanentes, que eran compromiso con organizaciones sindicales como es el caso de la UNGRD, no ha visto la luz tampoco bajo la dirección de Carlos Carrillo, con tres años de incumplimiento del acuerdo colectivo y mientras la entidad funciona con una importante nómina de contratistas entre la Unidad y el Fondo de Adaptación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No está de más recordar las consecuencias que tiene deslaboralizar el empleo público extendiendo por todas partes las órdenes de prestación de servicio. No solo por el impacto negativo en el funcionamiento de la administración pública, sino además porque a esos cientos de miles de trabajadores que desempeñan funciones misionales y permanentes en el Estado se les violenta la estabilidad y con ello, la adecuada remuneración, el bienestar laboral e incluso el derecho a la asociación y la negociación colectiva. El Estado tiene el 60% de su fuerza laboral precarizada y sigue dependiendo de un ejército de cerca de 900.000 contratistas, muchos de ellos prolongando el mal del clientelismo que “dinamiza” la política electoral.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2026/02/brecha-salarial-empleados-publicos-billetera.webp" alt="Billetera con tarjetas en bolsillo trasero de pantalón"/></figure>



<h2 class="wp-block-heading"><span>La deuda con los salarios</span></h2>



<p class="wp-block-paragraph"><strong> </strong>El incremento al salario mínimo del 23% es importante y contribuye a cerrar una deuda histórica con cerca de 1,2 millones de trabajadores. Sin embargo, fue una decisión que adoleció de una falla aún no corregida, pues para sostener dicho incremento se requerían medidas complementarias tendientes a proteger a las pequeñas y medianas empresas que generan el 80% del empleo formal del país. Sin esas medidas, el dinero de más que tendrán los trabajadores resultará invertido en la adquisición de bienes y servicios importados, beneficiando el trabajo y la producción extranjera.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Tampoco tuvo en cuenta el Gobierno de Petro el impacto sobre los empleados públicos y los correspondientes incrementos salariales, pues se agudizó la brecha estructural negativa que tenemos los servidores públicos frente al incremento del salario mínimo. De 2014 a 2024, los empleados públicos habíamos perdido 10,4 puntos porcentuales frente al salario mínimo, pero en los últimos dos años este dato se profundizó negativamente hasta alcanzar los 29 pp. Mientras en 2014 un profesional grado 12 ganaba un equivalente a 4 SMLV, para el 2026 gana un equivalente a 2,9 SMLV. Es evidente la disminución de nuestro poder adquisitivo y el achatamiento por lo bajo de la estructura salarial del empleo público.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Con el objetivo de cerrar las brechas históricas, una política salarial responsable requería de parte del Gobierno nacional acciones equilibradas para el sector público y el privado, con medidas complementarias que protegieran a la MIPYMES e incrementos progresivos a lo largo del cuatrienio. Pero, muy por el contrario, el Gobierno promovió en los tres primeros años acuerdos por lo bajo presentando los argumentos de siempre: la regla fiscal y la dificultad presupuestal.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Esta actitud del Gobierno está plenamente definida en sus decisiones sobre el Presupuesto General de la Nación. Mientras el presupuesto de funcionamiento del Estado, del que se pagan nuestros salarios y nuestros derechos, crece apenas en un 1,15%, el presupuesto para el servicio de la deuda creció un 5,7%.  El pago de la deuda pública absorbió en 2025 $112.8 billones del Presupuesto General de la Nación y nos demuestra que el Gobierno es un excelente pagador con los bancos y el capital financiero internacional, pero un deudor moroso con sus propios trabajadores.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><span>¡Independencia sindical para seguir luchando!</span></h2>



<p class="wp-block-paragraph"><strong> </strong>Los datos son irrebatibles, en estos aspectos estructurales del empleo público, el Gobierno nacional se raja frente a lo propuesto en la campaña electoral. El presupuesto continúa capturado por el servicio de la deuda, la estructura salarial se aplana hacia abajo afectando el poder adquisitivo de los empleados públicos, la formalización laboral camina a paso de tortuga y las órdenes de prestación de servicio continúan creciendo, mientras el mérito se sigue negociando al servicio de los poderosos.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> La crisis estructural del empleo público no nació con este mandato. Es el resultado de décadas de políticas neoliberales que dieron prioridad a la tercerización y el marchitamiento de la carrera administrativa en favor de la clientela política. Sin embargo, resulta paradójico que la administración que llegó con la promesa histórica de dignificar al trabajador estatal haya terminado por profundizar sus problemas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Cobra vigencia que el movimiento sindical adopte una política de independencia frente al principal patrón estatal, el Gobierno nacional. Este principio fundacional de nuestras organizaciones permite representar genuinamente los intereses de los trabajadores, valorar el accionar del gobierno de acuerdo con la conveniencia de sus políticas y recurrir a la movilización para oponerse a políticas regresivas, defender derechos laborales adquiridos o conquistar nuevos. El futuro de un empleo público democrático depende en buena parte de la capacidad del sindicalismo de defender sus reivindicaciones más allá del gobierno de turno.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/las-deudas-de-petro-con-trabajadores-estatales/" data-wpel-link="internal">Las deudas de Gustavo Petro con los trabajadores estatales</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>Rama Judicial en crisis: déficit y sobrecarga laboral</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Paula Rodríguez Navarro]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Oct 2025 23:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Qué está pasando]]></category>
		<category><![CDATA[Temas]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Crisis en la Rama Judicial: sobrecarga laboral y déficit de 6.240 jueces ponen en riesgo el acceso a la justicia en Colombia en 2025. </p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/rama-judicial-en-crisis-deficit-y-sobrecarga-laboral/" data-wpel-link="internal">Rama Judicial en crisis: déficit y sobrecarga laboral</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading">La Rama Judicial de Colombia está en Crisis</h2>



<p class="wp-block-paragraph"><em>“La sobrecarga laboral y un déficit de más de seis mil servidores están llevando a la justicia colombiana a un punto de quiebre que no podemos seguir normalizando”.</em></p>



<p class="wp-block-paragraph">La Rama Judicial de Colombia enfrenta una crisis sin precedentes: un déficit de 6.240 servidores y una sobrecarga laboral que supera los tres millones de casos al año. El descaecimiento afecta a jueces, fiscales y ciudadanos, y amenaza con paralizar el acceso a la justicia en 2025.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El pasado 15 de septiembre de 2025 un fiscal en Ibagué, en plena audiencia, sufrió una crisis nerviosa que obligó a suspender el trámite. El episodio fue noticia, pero sobre todo es un signo revelador: detrás de esa escena está el rostro de miles de personas que trabajan en la Rama Judicial bajo una presión insoportable. La justicia, que debería ser garantía de derechos, se ha convertido también en fuente de deterioro físico y emocional para quienes la hacen posible.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2025/10/crisis-rama-judicial-colombia-1.webp" alt="Escultura de la justicia con expresión de cansancio, símbolo de la sobrecarga judicial en Colombia"/></figure>



<h2 class="wp-block-heading">Congestión judicial</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Los números confirman lo que los cuerpos y las mentes padecen. Según el Plan Sectorial de Desarrollo de la Rama Judicial 20232026, entre 1996 y 2021 la demanda de justicia creció un 145,5%, mientras que la oferta de despachos apenas aumentó 41,5%. Para 2021, el inventario de procesos pendientes superó los dos millones, con un promedio de 374 procesos por despacho. En paralelo, el país pasó de 45 a más de 52 millones de habitantes en la última década, pero el número de jueces y juezas sólo aumentó un 5,4%. Hoy tenemos menos servidores y servidoras de justicia por habitante que hace diez años: de 13,11 por cada 100.000 personas en 2013, bajamos a 11,88 en 2024.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La congestión judicial es ya un lugar común, se nos convirtió en un paisaje agobiante. Cada reporte de estadística repite lo mismo: más ingresos que egresos, más procesos que sentencias, más expedientes que manos. En 2023 ingresaron 2,9 millones de procesos y salieron 2,3 millones; en 2024 ingresaron 3,2 millones y egresaron 2,6 millones. No se trata de falta de compromiso de quienes integramos la Rama Judicial, al contrario, es agotamiento por exceso de trabajo, consecuencia de un déficit de 6.240 servidoras y servidores judiciales, reconocidos oficialmente pero nunca corregidos<strong>.</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading">La sobrecarga de trabajo, un riesgo para la salud</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El impacto trasciende lo administrativo. En 2022, el Programa “Saludablemente» reveló que más del 60% de las personas funcionarias judiciales estaban en alto riesgo psicosocial, y un 83% presentó síntomas de estrés, con frecuencia dañina para la salud. No hablamos solo de productividad: hablamos de dignidad humana. El fiscal que tuvo que suspender la audiencia en Ibagué, según reportes, llevaba tres días sin dormir. ¿Qué clase de justicia puede ofrecer una persona en esas condiciones?</p>



<p class="wp-block-paragraph">El país necesita con urgencia más despachos, más juezas y jueces, más funcionarios y funcionarias y, sobre todo, un presupuesto realista y suficiente. Sin esa base financiera, cualquier diagnóstico se queda en un enunciado sin efectos, como una problemática sin resolución. La congestión judicial no es una falla técnica ni un accidente histórico: es el resultado de decisiones políticas que han postergado lo inaplazable. Por eso, la solución debe traducirse en una decisión firme que exprese la voluntad política de asignar los recursos indispensables para garantizar un servicio de justicia digno.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Seguir naturalizando la congestión como una fatalidad equivale a aceptar que la justicia se derrumbe lentamente, como el edificio Nemqueteba de Bogotá, donde funcionan los juzgados de familia y laborales, arrastrando consigo a quienes la sostienen con jornadas extenuantes, con su salud quebrantada y sacrificando de paso el derecho fundamental de todos los colombianos y colombianas a acceder a la administración de justicia. Sin presupuesto, no hay reformas posibles. Y sin juezas, jueces ni personal judicial en condiciones laborales dignas, no habrá justicia para nadie.</p>
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		<title>Tribuna Sindical critica concesiones del gobierno y pasividad del sindicalismo frente a la reforma laboral</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/reforma-laboral-comunicado-tribuna-sindical/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción La Tribuna]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Jun 2025 00:43:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Qué está pasando]]></category>
		<category><![CDATA[Temas]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tribuna Sindical critica la reforma laboral de Petro por entregar derechos, silenciar al sindicalismo y promover una consulta sin garantías.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/reforma-laboral-comunicado-tribuna-sindical/" data-wpel-link="internal">Tribuna Sindical critica concesiones del gobierno y pasividad del sindicalismo frente a la reforma laboral</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><a href="https://x.com/diogenesorjuela/status/1935018662479675749" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">En comunicado publicado por Tribuna Sindical</a> denuncia la reforma laboral impulsada por el gobierno Petro. Acusan cesiones políticas, abandono de derechos laborales y sumisión sindical.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Abandono de derechos laborales por parte del gobierno</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Mientras el Congreso ajusta los últimos artículos del proyecto de reforma laboral, desde <a href="https://x.com/diogenesorjuela/status/1935018662479675749" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">Tribuna Sindical</a> se emitió un pronunciamiento que desmonta el discurso triunfalista del Ejecutivo. Lo califican como un cúmulo de concesiones, silencios cómplices y oportunismo electoral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Lo que iba a ser una transformación del modelo laboral terminó convertido en una propuesta de mínimos, mutilada por los cálculos de la coalición de gobierno y la presión de gremios empresariales. La promesa de acabar con la precarización se evaporó entre pactos políticos y comunicados tibios. Mientras tanto, los trabajadores —dice Tribuna Sindical— quedan nuevamente a la espera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El gobierno de Gustavo Petro ha convertido el proceso en un juego de estrategias electorales, dejando de lado los compromisos con los trabajadores. Acusan al Ejecutivo de ceder los puntos esenciales del proyecto original, incluyendo el capítulo de derechos colectivos, el control a la tercerización, los contratos a término fijo y la promesa de eliminar las OPS.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2025/06/imagenes-entradas.internas-1.webp" alt="Multitud de trabajadores marchan en Bogotá bajo sombrillas"/></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Sindicalismo sin voz propia</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Para Tribuna Sindical, una de las razones del vaciamiento de la reforma es la falta de autonomía de las centrales obreras. «Un amplio sector de la dirigencia sindical se convirtió en apéndice del gobierno», se lee en el documento. Esa subordinación, dicen, permitió que fueran el presidente y el ministro de Trabajo quienes definieran los contenidos del proyecto, guiados no por el interés de la clase trabajadora sino por los cálculos de la coalición oficialista.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El texto acusa al sindicalismo oficialista de guardar silencio ante la exclusión de temas neurálgicos. Ni los pactos colectivos, ni el abuso del contrato por obra o labor, ni el desmonte del trabajo por horas fueron enfrentados con firmeza. Tampoco hubo una defensa consistente de los derechos de las MiPymes y sus trabajadores. Para el colectivo, estos actores también saldrán golpeados por la reforma: los primeros sin las garantías adecuadas, los segundos con derechos a medias.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" src="https://latribunacolombia.co/wp-content/uploads/2025/06/imagenes-entradas.internas1-1.webp" alt="Gustavo Petro firma documentos en su escritorio presidencial"/></figure>



<h3 class="wp-block-heading">Gobierno impone consulta popular «esperpento electoral»</h3>



<p class="wp-block-paragraph">El comunicado también rechaza la estrategia del presidente Petro de recurrir a una consulta popular para forzar la aprobación de su agenda laboral. La califican como «esperpento electoral» que no resuelve las omisiones del proyecto y que, aún si prosperara, tendría que superar barreras de participación y volver al Congreso para su implementación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Según Tribuna Sindical, esta maniobra, lejos de ampliar la democracia, la distorsiona. Desvía la lucha del sindicalismo hacia terrenos inciertos y desvincula el debate de las vías institucionales. También critican los pronunciamientos del nuevo ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, quien insinúa la posibilidad de una Asamblea Constituyente sin el filtro del Congreso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Mientras tanto, el Senado discute los 19 artículos restantes de la reforma, entre ellos la eliminación del contrato por horas, la regulación del trabajo en plataformas digitales, y el restablecimiento de recargos nocturnos y dominicales. Todos ellos, según el propio gobierno, conforman el «ADN de la reforma». Pero para Tribuna Sindical, ese ADN ya está mutilado.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Hay que retomar la lucha sindical y rechaza la consulta como atajo antidemocrático</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Tribuna sindica hace una llamado a: recuperar la independencia del sindicalismo, reconstruir una vocería propia, movilizar en defensa de los derechos laborales que no se conquistaron y abandonar las salidas electorales sin sustancia. «Aventurarse por mecanismos inciertos como la consulta popular es una pérdida de tiempo y de recursos», sentencia el comunicado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para Tribuna Sindical, el movimiento obrero no puede seguir haciendo fila detrás de ningún presidente. Le toca recuperar la vocería, retomar la calle y reconquistar la posición original de defensores de los trabajadores. No para defender lo que quedó, sino para reconstruir lo que fue entregado sin pelea.</p>



<h5 class="wp-block-heading">Lea el comunicado aquí: <span style="text-decoration: underline; color: #8a3d33;"><em><a href="https://latribunacolombia.co/el-modelo-bismark/" style="color: #8a3d33; text-decoration: underline;" data-wpel-link="internal">Comunicado Tribuna sindical</a></em></span></h5>
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		<title>Primero de Mayo y la estrategia electoral de Petro</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Arlex Arias]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 02 May 2025 23:06:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Puntos de vista]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[arlex arias]]></category>
		<category><![CDATA[consulta popular Petro]]></category>
		<category><![CDATA[derechos laborales]]></category>
		<category><![CDATA[Gustavo Petro]]></category>
		<category><![CDATA[la tribuna]]></category>
		<category><![CDATA[primero de Mayo]]></category>
		<category><![CDATA[Reforma Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[sindicalismo en Colombia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La marcha del Primero de Mayo fue instrumentalizada por Petro para promover su consulta y silenciar críticas a su política laboral.</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El Primero de Mayo en Colombia fue usado por el gobierno de Gustavo Petro para promover su consulta popular. El mandatario busca movilizar a los trabajadores con fines electorales, en lugar de reivindicar sus derechos, según denuncian dirigentes sindicales independientes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La conmemoración del Primero de Mayo como el día universal de los trabajadores, cuyas marchas en todo el mundo tienen por objetivo rememorar las grandes gestas que libraron los trabajadores por obtener la reivindicación de las ocho horas de trabajo, ocho horas de educación y ocho horas de descanso y que llevaron al encarcelamiento, tortura y muerte de centenares de sus dirigentes, ha venido siendo apropiada por diferentes gobiernos para hacer proselitismo político en beneficio de sus ideas. Esta ha sido la táctica política de Gustavo Petro, quien desde su Presidencia ha cooptado, o mejor “comprado”, a otrora importantes dirigentes obreros que hoy posan como sus “lugartenientes”, con “jugosas mermeladas” para poder ejercer la manipulación.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Desde su Gobierno, Gustavo Petro pidió a estos dirigentes que convocaran a los trabajadores colombianos a las plazas públicas, según él, para exigir del Congreso de la República la aprobación de las Reformas Sociales, las cuales les ha vendido como la panacea para todos sus males. El engaño de Petro es por partida doble: De una parte, dichas reformas sociales son las mismas que él acordó con los organismos multilaterales como el FMI, BM, OCDE y el Congreso de EEUU, lo cual testimonió la exministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez. Y por otra, Petro tiene debilitados y divididos, no solo a los trabajadores sino a los movimientos sociales, con lo cual consigue neutralizar la capacidad de lucha y movilización en contra de las medidas de su Gobierno, poniéndolos a su servicio, castrándoles su autonomía e independencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró en un arranque de sobriedad: “La “mini reelección” del presidente Petro es el primero de mayo en la marcha que se va a hacer y en la consulta popular, una vez que pase en el Senado de la República”, en declaraciones hechas el 25 de abril en la instalación de un comité de apoyo al “Sí” de la consulta popular en Yopal (Casanare), donde también se llevó a cabo la Cumbre de Gobernadores: Turismo, Agroindustria y Oportunidades para las Regiones, organizada por la Federación Nacional de Departamentos. Benedetti agregó que “es la respuesta a lo que sucedió en el Senado de la República” sobre el hundimiento de la Reforma Laboral en la Comisión Séptima del Senado, como si la decisión de esta Institución no fuera democrática o fuera ilegal. Benedetti trató luego de corregir, pero hay que recordar que ya está sobrio, pues él mismo confesó que está en tratamiento contra la adicción.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Lo que está claro es que el presidente Petro manipula a una parte del movimiento obrero en beneficio propio y que toda su “tacada” política está dirigida a insistir en su reelección, así sea, en últimas, “en cuerpo ajeno”, lo que le permite mantener su poder. Por eso los utilizará el Primero de Mayo para lanzar dicha estrategia política, que toma la forma de Consulta Popular, para “movilizar el aparato estatal y aprovechar el descontento social para fines puramente electorales. No resuelve los problemas laborales. <a href="https://latribunacolombia.co/la-consulta-popular-de-petro-es-una-maniobra-electoral/" target="_blank" rel="noopener" data-wpel-link="internal">Es una maniobra para anticipar su campaña electoral de 2026, utilizando el aparato estatal, el descontento social y los derechos laborales como estrategia política”,</a> escribió en La Tribuna Colombia el dirigente político y sindical Gustavo Triana. ¡El movimiento obrero tiene que recuperar su autonomía e independencia si quiere avanzar en la reivindicación de los derechos de los trabajadores!</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/primero-de-mayo-y-la-estrategia-electoral-de-petro/" data-wpel-link="internal">Primero de Mayo y la estrategia electoral de Petro</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>El Primero de Mayo Los Mártires de Chicago y la lucha por la jornada de ocho horas</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/primero-de-mayo-lucha-por-la-jornada-de-ocho-horas/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Gabriel Fonnegra]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 May 2025 11:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cultura]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[derechos laborales]]></category>
		<category><![CDATA[Día Internacional del Trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[historia del 1 de mayo]]></category>
		<category><![CDATA[huelga Chicago 1886]]></category>
		<category><![CDATA[jornada de ocho horas]]></category>
		<category><![CDATA[Mártires de Chicago]]></category>
		<category><![CDATA[primero de Mayo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La historia del primero de Mayo está ligada a los Mártires de Chicago, ocho líderes obreros castigados por luchar por condiciones laborales más justas.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/primero-de-mayo-lucha-por-la-jornada-de-ocho-horas/" data-wpel-link="internal">El Primero de Mayo Los Mártires de Chicago y la lucha por la jornada de ocho horas</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">Como los Mártires de Chicago se conoce en la historia a ocho dirigentes obreros, cinco de ellos condenados a morir en la horca y el resto, sentenciados a cadena perpetua, en el marco de una huelga lanzada el 1° de mayo de 1886 por la jornada de ocho horas.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> “Llegará el día en el que nuestro silencio será más poderoso que las voces que hoy están ustedes ahogando”, fueron las últimas palabras pronunciadas por Albert Parsons al subir al patíbulo. La profunda verdad de sus palabras resuena con fuerza ciento treinta nueve años después.</p>



<p class="wp-block-paragraph">“¿En qué consiste mi crimen? –dijo en el juicio otro de los condenados a muerte, George Engel–. En que he trabajado por implantar un sistema social en el que sea imposible que, mientras unos pocos amontonan millones, miles y miles caen en la desesperación y la miseria”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Louis Lingg, otro de los sentenciados a la horca, desafió al tribunal: “Yo repito que soy enemigo del orden actual y que lo combatiré con todas mis fuerzas mientras respire”.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> Albert Fischer: “No hablaré mucho. Me limitaré a protestar contra la injusta pena de muerte que me imponen ustedes, porque no he cometido crimen alguno. Pero si ustedes van a ahorcarme por profesar mis ideas, por mi amor a la libertad, entonces no tengo nada que objetar”.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En un juicio tramposo, sin pruebas, un jurado los condenó a morir en la horca por el asesinato de un agente de policía en el curso de una concentración obrera que tuvo lugar el 4 de mayo frente a la Haymarket, la plaza de mercado de Chicago. Como la policía no consiguió encontrar al verdadero culpable, puso presos a quienes habían actuado aquella tarde como oradores, como también a los periodistas del <em>Arbeiter Zeitung, </em>un periódico de sello anarquista que se editaba en alemán para los miles de inmigrantes y desde cuyas páginas se venía agitando desde el 1° de mayo la consigna de la jornada laboral de ocho horas. Los oradores comprobaron en el juicio que ya se habían retirado de la plaza. Aun así, fueron condenados por el homicidio.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Tres años después y en homenaje a los Mártires de Chicago, la Segunda Internacional decidió consagrar el 1° de Mayo como el Día Internacional de la Clase Obrera.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Los nombres</strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph"> ¿Quiénes son ellos?</p>



<h4 class="wp-block-heading">Condenados a morir en la horca:</h4>



<ul class="wp-block-list">

<li> August Spies, alemán, director del periódico.</li>


<li>George Engel, alemán, periodista.</li>


<li>Adolph Fischer, alemán, periodista.</li>


<li>Louis Lingg, alemán, carpintero.</li>


<li>Albert Parsons, estadinense, periodista.</li>

</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Condenados a cadena perpetua:</h4>



<ul class="wp-block-list">

<li> Michael Schwabb, alemán, tipógrafo.</li>


<li>Samuel Fielden, alemán, obrero textil.</li>


<li>Oscar Neebe, alemán, vendedor ambulante.</li>

</ul>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Los hechos</strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph"> Desde el 1° de mayo y reclamando la jornada de ocho horas, entró en huelga a lo largo de Estados Unidos un millón de trabajadores, afiliados la mayoría a la American Federation of Labour, AFL. En Chicago declararon el cese más de doscientos mil, no solo por la jornada de ocho horas, sino también en solidaridad con la huelga en la McCormick Harvester, que acababa de ser aplastada por un grupo paramilitar a sueldo de la empresa, los tristemente célebres Pinkerton.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El 3 de mayo se hizo una manifestación frente a la portería de la empresa McCormick. Los oradores fueron August Spies y Samuel Fielden. Mientras Fielden intervenía, la banda paramilitar arremetió contra los miles de manifestantes y, en el caótico entrevero, disparó a quemarropa sobre ellos. Sobre el campo quedaron seis víctimas mortales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En protesta, la AFL citó a otra concentración para el día siguiente por la tarde y pidió autorización a la alcaldía, que le fue concedida. Ante unos cuarenta mil trabajadores, los oradores fueron August Spies, Albert Parsons y Samuel Fielden. El evento terminó hacia las siete y media y la gente empezó a retirarse, incluidos los dirigentes.</p>



<p class="wp-block-paragraph">En la Haymarket, todavía a las ocho, no había menos de unas diez mil personas. Fue entonces cuando la policía decidió arremeter. Tornó a armarse la gresca y, en medio del desorden, alguien lanzó un petardo, que provocó la muerte a un agente. La policía respondió disparando sobre la multitud. Hubo esta vez varios muertos y decenas de heridos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Toda la noche se hicieron allanamientos y batidas y fueron puestos presos los más conocidos jefes de la protesta, más tarde condenados a muerte o a presidio perpetuo. Son los Mártires de Chicago, a quienes hoy rinde homenaje La Tribuna.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Siete años después, en 1893, se levantó en Estados Unidos un movimiento cívico con 60 mil firmas para exigir que el juicio fuera revisado. El gobernador de Illinois, J. Altfield, también candidato a la presidencia nombró una comisión de expertos, que halló decenas de vicios en el proceso. El gobernador declaró entonces inocentes a los cinco líderes muertos e indultó a los tres detenidos.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/primero-de-mayo-lucha-por-la-jornada-de-ocho-horas/" data-wpel-link="internal">El Primero de Mayo Los Mártires de Chicago y la lucha por la jornada de ocho horas</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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		<title>El salario mínimo en 2025: ni muy muy, ni tan tan</title>
		<link>https://latribunacolombia.co/salario-minimo-en-2025-ni-muy-muy-ni-tan-tan/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Diogenes Orjuela]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 29 Dec 2024 18:56:01 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[Sindicalismo]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Aumento del salario mínimo 2025]]></category>
		<category><![CDATA[Cálculo del salario mínimo 2025]]></category>
		<category><![CDATA[Gobierno y salario mínimo 2025]]></category>
		<category><![CDATA[Incremento real salario mínimo 2025]]></category>
		<category><![CDATA[Inflación y salario mínimo 2025]]></category>
		<category><![CDATA[la tribuna]]></category>
		<category><![CDATA[Propuesta sindical salario mínimo 2025.]]></category>
		<category><![CDATA[Salario mínimo en Colombia 2025]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sin políticas para proteger a las Mipymes, el incremento del salario mínimo en 2025 sigue lejos de mejorar las condiciones económicas del país.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/salario-minimo-en-2025-ni-muy-muy-ni-tan-tan/" data-wpel-link="internal">El salario mínimo en 2025: ni muy muy, ni tan tan</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph">El salario mínimo en 2025 subirá un 9.5%, lo que genera críticas de empresarios que lo califican de populista y de trabajadores que lo consideran insuficiente. Este aumento, lejos de ser elevado, sigue los promedios de gobiernos anteriores y presenta cifras maquilladas para aparentar mayor beneficio. Sin medidas que apoyen a las Mipymes, principales generadoras de empleo, persisten las dificultades económicas tanto para trabajadores como empresarios, manteniendo la precariedad económica en el país.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Una coincidencia equivocada</strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph">El decreto que incrementa en un 9.5% el salario mínimo en 2025, puso a coincidir a voceros de los empresarios con el gobierno, en el sentido de señalarlo como muy alto. Los primeros para señalar la medida como populista y peligrosa para sus intereses y el presidente Petro para engañar nuevamente a los trabajadores.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Es curiosa esta coincidencia, que, de paso, está inscrita en la estrategia de mantener la polarización que tanto daño le está causando al país. La verdad es que ambas posiciones son erradas. Es demostrable que lejos de ser elevado, el incremento definido se encuentra en el promedio de los últimos gobiernos neoliberales, distante, tanto de las peticiones de los trabajadores como de los incrementos de gobiernos de otras latitudes denominados progresistas que tanto se traen a colación.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El salario mínimo a medios cálculos </strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph">En plata blanca, mantener el valor del salario mínimo debe corresponder a la sumatoria de la inflación causada, más la productividad del trabajo acumulada en el año. Eso nos daría que <span style="text-decoration: underline;"><a href="https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/precios-y-costos/indice-de-precios-al-consumidor-ipc/ipc-informacion-tecnica" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">5.2 % de inflación</a></span>, más <span style="text-decoration: underline;"><a href="https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/cuentas-nacionales/productividad" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">3.43% de productividad laboral</a></span>, arroja la cifra de 8.63%, solo para mantener el valor del salario mínimo en 2025. Es decir, el incremento real no llegó ni al 2%.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El movimiento sindical ha reclamado siempre que se tome para la sumatoria la productividad del trabajo, pero asumamos que este gobierno, al igual que todos los anteriores tomó como referente el 1.73%, que es la productividad global. En ese caso, el cálculo del incremento del salario mínimo escasamente llegaría al 2.57%, muy similar a los promedios de Uribe, Santos y Duque, con la excepción del concertado en el 2022, de 1 millón de pesos (más del 4%), resultado de la petición unificada del movimiento sindical y aceptada por Duque y los empresarios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Como podemos ver, bastante lejana de la hoy escandalera en la gran alza, tanto por gobierno como por voceros del empresariado. Engaña Petro a los trabajadores sobrevalorando este incremento y por tratar de adornarlo con el incremento en el auxilio de transporte y la inflación del año entrante, para insinuar que su aumento llega a más del 6%, porque además vincula la fórmula de la inflación esperada para las sumatorias, engañifa neoliberal que las Cortes enterraron hace tiempo.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>Impacto en los pequeños y medianos empresarios</strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph">En las peticiones democráticas para fijar un incremento mayor, tal como se acordó en el Comité Ejecutivo de la CUT por mayoría, se incluyó un paquete de medidas para proteger al gran universo de los pequeños y medianos empresarios, para que, al atender el positivo incremento, no se pusiera en riesgo su sostenibilidad.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Quienes propusimos desde el sindicalismo independiente y autónomo, que el salario mínimo en 2025 debía llegar a 1.5 millones (15%), lo ligamos indisolublemente a un planteamiento que nuevamente consignamos y que desde luego, tiene plena vigencia: Lo que hay que conjugar, y es lo que no ha sabido hacer el gobierno actual ni los anteriores, garantizar que mejoren las condiciones de la población empobrecida con un alza dignificadora de los salarios y, simultáneamente, dar a los empleadores y al sector productivo, principalmente el de las Mipymes, generadoras del 80% del empleo, las condiciones de todo tipo para que tengan la capacidad de pagarlos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Eso se traduce en proteger el mercado interno, renegociar los TLC, estimular las exportaciones, frenar las importaciones, frenar el abuso del capital financiero que asfixia al sector productivo con tasas de interés confiscatorio, garantizando créditos baratos y darles estímulos tributarios y apoyo a los aportes a la seguridad social de los trabajadores, que les eviten sucumbir frente a las grandes empresas y las multinacionales. Este debe ser el eje de la discusión sobre las alzas salariales.</p>



<h3 class="wp-block-heading"><strong>El compromiso del movimiento sindical</strong></h3>



<p class="wp-block-paragraph">El movimiento sindical tiene que discutir salidas integrales que apunten a defender la soberanía, el trabajo y la producción nacionales, postura que obliga a mantener independencia frente a patronos, gobiernos y cualquier poder extranjero. Asuntos que hoy están en entredicho por la actitud colaboracionista de buena parte de la dirigencia sindical con el gobierno de Petro.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por eso reiteramos, el incremento no es ni muy, muy elevado y positivo para los trabajadores como lo afirma el coro petrista, ni tan, tan dañino para la generación de empleo como se propala por voceros del empresariado, claro está, si no va acompañado de medidas que protejan la producción nacional, cuya ausencia es la verdadera causa de sus penurias.</p>



<p class="wp-block-paragraph"> </p>



<h4 class="wp-block-heading"><strong>*Firmado por Tribuna Sindical</strong></h4>



<ul class="wp-block-list">

<li>Timoteo Romero, ejecutivo CUT Nacional; Jhonson Torres, ejecutivo CUT Nacional.</li>


<li>Carmen Helena Dussan, Ejecutiva CUT Cundinamarca.</li>


<li>Victoria Avendaño Pedrozo, secretaria de Mujer y Género, Inclusión e Igualdad &#8211; Ejecutiva de Fecode.</li>

</ul>
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		<title>Salario mínimo, se revive la discusión</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Luis Fernando Miranda Guzmán]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Dec 2024 23:26:35 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Puntos de vista]]></category>
		<category><![CDATA[Trabajo]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La discusión anual sobre el salario mínimo en Colombia refleja un debate entre proteger el poder adquisitivo de los trabajadores y las restricciones empresariales, con impacto directo en la calidad de vida nacional.</p>
<p>La entrada <a href="https://latribunacolombia.co/salario-minimo-se-revive-la-discusion/" data-wpel-link="internal">Salario mínimo, se revive la discusión</a> se publicó primero en <a href="https://latribunacolombia.co" data-wpel-link="internal">La Tribuna</a>.</p>
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<p class="wp-block-paragraph">Como cada año, inicia una nueva discusión alrededor del aumento del salario mínimo, y no es menor la discusión, puesto que entra a definir, en muchos aspectos, la calidad de vida que podemos tener los colombianos en el año entrante. Esta discusión, por la naturaleza del asunto, tiene un sustento en la Constitución de nuestro país, es así que encontramos el artículo 53 que señala como uno de los principios mínimos fundamentales en materia laboral, una remuneración mínima, vital y móvil. En igual medida se tiene en consideración el artículo 56, dejando estipulado la creación de una comisión permanente integrada por el Gobierno, por representantes de los empleadores y de los trabajadores, y que, entre otras funciones, concertará las políticas salariales y laborales. Esto  permite entender que, la relevancia del salario mínimo en el país viene revestida de un carácter constitucional. Ahora bien, el literal d) del artículo 2° de la Ley 278 de 1996, le otorga una función particular a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, esto es: «Fijar de manera concertada el salario mínimo de carácter general, teniendo en cuenta que se <strong>debe garantizar una calidad de vida digna para el trabajador y su familia</strong>«. </p>



<h2 class="wp-block-heading">Incertidumbre antes que tranquilidad</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Bastante claro lo ha establecido la ley, el propósito del salario mínimo, y de su aumento, es  garantizar una vida digna, tanto para el trabajador como para su familia, aspecto que no parece tener mayor relevancia al momento de dar la discusión. La concertación del salario mínimo trae consigo una discusión política, y  tal concertación debe tener en consideración elementos sustanciales que pueden afectar de manera considerable la vida de todo el país. Si bien para nadie es un secreto que aumentar sin techo alguno el salario mínimo puede generar más dificultades que beneficios, sin embargo, esta premisa ha sido bandera para limitar, en gran medida, el crecimiento de la capacidad adquisitiva de los trabajadores. Así como cada año se inician las conversaciones para el aumento del salario, los  defensores del neoliberalismo  pregonan que el aumento ha de estar ajustado al IPC, para no afectar a las empresas, porque un aumento “grande” impediría el crecimiento empresarial, el trabajador cuesta más. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Frente a estos argumentos el papel de los representantes de los trabajadores, los sindicatos, cobra vital importancia, pues se trata en esencia de defender a los trabajadores y las condiciones de vida para el próximo año. Sin embargo, cuesta creer, debido a las relaciones que han mantenido algunos líderes sindicales con el gobierno, que vayan a desempeñar esa tarea de la mejor manera, lo que genera una incertidumbre más que justificada. Algo en lo que esperamos equivocarnos por un amplio margen.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Verdades ilusorias</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Repetir una mentira hasta que se convierta en verdad es una de las estrategias que se conocen en la política, y como ya hemos mencionado, la discusión del salario mínimo es de índole política, es por eso que se hace necesario saber si el aumento del salario afecta a las empresas tal y como lo han venido exponiendo.  “Según cifras entregadas por el Ministerio de Trabajo, con base en datos del Dane, entre enero y agosto de 2024 hubo un promedio de 22,8 millones de personas ocupadas formalmente. De esta cantidad, más de 10 millones de personas (43,86%) ganan menos de un salario mínimo y otras 3,3 millones (14,76%) <a href="https://www.eluniversal.com.co/economica/2024/10/29/mas-de-10-millones-de-colombianos-ganan-menos-del-salario-minimo/" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="nofollow external noopener noreferrer">solo Ganan Un Salario Mínimo.”</a> Adicionamente, en la Ponencia Positiva de noviembre 2023 para el primer debate de la reforma laboral presentada por el Gobierno, señalaron particularmente que, “Siguiendo con los efectos de la Reforma Laboral propuesta por el Gobierno Nacional es importante resaltar que la ganancia en términos salariales de ingresos para los trabajadores se traduce en un estímulo a la demanda agregada de la economía a través del consumo. “(&#8230;) Cómo se ha visto, no existe evidencia que soporte la idea de que una disminución de los costos laborales (vía flexibilización) reduzca la tasa de desempleo del país. Por lo que es necesario considerar a los niveles de ingreso y demanda agregada cómo los determinantes del nivel de empleo (&#8230;)»»(&#8230;) De manera que un incremento en ésta ayuda a consolidar una economía con mayor empleo y crecimiento económico.</p>



<p class="wp-block-paragraph">”Los números no mienten, la realidad del país es clara, la mayor parte de la población que trabaja formalmente no reciben siquiera el mínimo, y es ahí donde, el gobierno por medio del ministerio del trabajo y los representantes de los trabajadores deben poner los esfuerzos, recordando que el propósito siempre es y será garantizar vida digna para el trabajador y su familia. Se cae entonces, por su propio peso, el argumento de todos los años, aumentar razonablemente el salario mínimo no afectará la capacidad para contratar de las empresas, esto en razón a que existen millones de colombianos que ganan por debajo de esa línea, es decir, contratan y pagan menos de lo que deberían, tal y como se sostuvo en la posición presentada en la ponencia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los sindicatos, como representantes de los trabajadores deben atender el llamado que hace la realidad material, trabajadores con menos capacidad adquisitiva es el reflejo de un país cada día más pobre. La discusión por el aumento del salario mínimo debe girar en torno a los trabajadores, mejorar su capacidad de gasto, buscando siempre las mejores condiciones y los sindicatos deben orientar la negociación en este sentido, esperando que el aumento no termine definiéndose por Decreto.</p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
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