En esta nota encontrarás:
- $63 billones de recursos públicos en juego con la privatización de la educación pública que impulsa el Gobierno de De La Espriella
- ¿Qué incluye esa canasta?
- ¿Cómo se materializa la privatización de la educación pública con el proyecto de De La Espriella?
- ¿Y la calidad?
- ¿Y qué pasa con el proyecto educativo nacional si avanza la privatización de la educación pública?
La ministra de Educación, Viviane Morales, impulsa un proyecto para que particulares y confesiones religiosas puedan administrar y orientar pedagógicamente los colegios oficiales, bajo el argumento de atender la emergencia causada por el terremoto del 10 de agosto.
El proyecto “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1075 de 2015 – Único Reglamentario del Sector Educación” (MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL DECRETO No.) pretende modificar las reglas para permitir que terceros presten o administren establecimientos educativos oficiales abriéndole las puertas a la privatización.
La privatización de la educación pública no necesariamente implica vender los colegios. Difícilmente un empresario cuyo principal criterio es la rentabilidad compraría o asumiría motu proprio la administración de un colegio en una zona rural o en un barrio popular, donde las familias no tienen capacidad adquisitiva para pagar matrículas que garanticen las ganancias esperadas por el negocio privado.
Es el Estado el único aparato de la sociedad con la capacidad y la obligación de garantizar el derecho a la educación en todos los territorios del país. Puede y debe hacerlo precisamente porque su función no está determinada por la ganancia, sino por la garantía de los derechos. La educación pública se financia con los impuestos que pagamos todos y, por ello, no puede quedar sometida a la lógica de la rentabilidad.
Con las concesiones y la educación contratada que la reforma de la ministra de De La Espriella busca ampliar, el contratista entra ganando porque el Estado aporta la infraestructura y la dotación, mientras garantiza la demanda mediante el pago de recursos públicos por cada estudiante atendido. De este modo, el particular administra un servicio financiado por el Estado y reduce significativamente los riesgos propios de cualquier negocio privado. ¿Cómo no va a ser rentable administrar unos colegios construidos y dotados con presupuesto del erario y, contar, con la garantía del giro anual per cápita que el Estado les da?

$63 billones de recursos públicos en juego con la privatización de la educación pública que impulsa el Gobierno de De La Espriella
El Ministerio de Educación Nacional (MEN), a través de su Oficina Asesora de Planeación y Finanzas, estimó que la canasta educativa para preescolar, básica y media costaría en 2026 $63,3 billones, en pesos constantes de 2023. La proyección contempla cerca de 10,1 millones de estudiantes, lo que equivale a aproximadamente $6,3 millones por estudiante al año.
¿Qué incluye esa canasta?
El Ministerio organiza la canasta en cuatro grandes componentes:
| Componente | ¿Qué financia? |
|---|---|
| Talento humano | Docentes, directivos docentes, administrativos, orientadores, auxiliares, formación y bienestar, entre otros |
| Ambientes de aprendizaje | Infraestructura nueva y antigua, material didáctico, servicios públicos, conectividad y arrendamientos |
| Estudiante | PAE, transporte escolar, uniformes, textos y actividades extracurriculares |
| Administración del sistema | Funcionamiento de las secretarías de educación y otros costos de gestión |
Más de $63 billones de recursos públicos destinados a garantizar el derecho a la educación! Por eso, cualquier decisión que entregue a particulares la administración de colegios oficiales también debe preguntarse quién manejará esos recursos, bajo qué condiciones y cuáles serán las consecuencias para la educación en su conjunto, los colegios, los estudiantes y los docentes.

¿Cómo se materializa la privatización de la educación pública con el proyecto de De La Espriella?
Las concesiones educativas comenzaron en Bogotá entre 1999 y 2001, durante la administración de Enrique Peñalosa, bajo las “orientaciones” del BID, en el marco de la política neoliberal.
El modelo consistió en entregar a entidades privadas la administración de colegios oficiales construidos y dotados con recursos públicos. Desde entonces, las concesiones se han presentado como una alternativa para la prestación del servicio educativo.
Posteriormente, el Decreto 2355 de 2009 facultó a las entidades territoriales certificadas para contratar la prestación del servicio educativo cuando se demostrara la insuficiencia de establecimientos oficiales.
Ahora, el proyecto de reforma del 1075 impulsado por la ministra Viviane Morales profundiza esta lógica mediante seis modificaciones:
| ¿Qué modifica el proyecto? | Artículos | ¿Qué implica? |
|---|---|---|
| Entrega de la administración a particulares y confesiones religiosas | Arts. 2, 5 y 19 | Permite que establecimientos educativos oficiales sean administrados mediante concesiones por particulares y confesiones religiosas. |
| Concesiones de largo plazo | Arts. 2, 5 y 19 | Establece contratos de 2 a 12 años, prorrogables, lo que puede convertir una medida excepcional en una forma prolongada de administración privada. |
| La “insuficiencia” como argumento para tercerizar | Art. 20 | Amplía las situaciones de “insuficiencia” —como falta de docentes, infraestructura o capacidad estatal— que pueden justificar la contratación de operadores privados, en lugar de resolverlas mediante inversión pública. |
| Compromiso de recursos públicos durante años | Arts. 4, 6 y 10 | Permite comprometer vigencias futuras para financiar los contratos. El Estado aporta recursos, infraestructura y garantiza la prestación; el particular administra el servicio. |
| Tercerización y precarización laboral | Art. 20, literal i | El gobierno de De La Espriella pretende flexibilizar y hacer aún más precario el trabajo docente, con jornadas laborales extensas y salarios mucho más bajos de los que reciben los docentes oficiales |
| Menor autonomía de las comunidades educativas | Arts. 19 y 20 | Amplía las facultades del operador sobre la administración y orientación de los colegios, lo que puede debilitar la participación de las comunidades educativas y la libertad de cátedra. |
¿Y la calidad?
El principal argumento de los defensores de los colegios en concesión es que los operadores privados garantizan mejores resultados académicos. Sin embargo, después de más de dos décadas de este modelo, sus resultados no permiten sostener que la administración privada produzca, por sí misma, una educación de mayor calidad.
En los rankings y resultados de las pruebas Saber, los colegios en concesión no muestran una superioridad generalizada frente a las instituciones educativas oficiales. Por lo tanto, la supuesta superioridad académica que tiene la privatización de la educación pública no puede presentarse como un hecho demostrado.

¿Y qué pasa con el proyecto educativo nacional si avanza la privatización de la educación pública?
Uno de los principales logros de la Ley General de Educación fue fortalecer la autonomía de las instituciones educativas, la libertad de enseñanza y de cátedra, el carácter laico de la educación y el papel del gobierno escolar, así como la participación de las comunidades educativas en la construcción de sus proyectos pedagógicos, frente a la imposición de contenidos por parte de las confesiones religiosas o de las autoridades educativas.
El Estado tiene la responsabilidad de garantizar y dirigir una política educativa nacional que responda al interés nacional. Limitar su papel a construir colegios, financiarlos y entregarlos a operadores privados significa renunciar progresivamente a esa responsabilidad y reducir la educación a la prestación de un servicio bajo relaciones contractuales con terceros.




